Buscan regular y legalizar el servicio de cadetería en Rosario: ¿qué beneficios se proponen para los repartidores?
Tres concejales del Bloque Peronista presentaron una iniciativa para actualizar la ordenanza que regula el servicio de cadetería en la ciudad, la cual tiene más de veinte años. El objetivo es pautar una serie de exigencias para las empresas y brindar una batería de beneficios a los trabajadores del sector, además de crear un registro local de la actividad.
- Ciudad
- May 13, 2026
Los concejales rosarinos Pablo Basso, Mariano Romero y María José Poncino presentaron un proyecto de ordenanza para actualizar la normativa que regula el servicio de mensajería y cadetería en la ciudad. “Buscamos ordenar la calle, pautar una serie de exigencias para las empresas y aplicaciones y darle facilidades a los trabajadores”, señalaron.
En diálogo con Conclusión, Basso apuntó: “Lo que estamos haciendo es modificar una ordenanza que se creó después de la crisis del 2001, que ya plantea el registro de cadetes en Rosario, pero no contempla otras modalidades de trabajo como la bicicleta o las nuevas formas de reparto por aplicaciones. La situación está desbordando las herramientas con las que cuenta el Estado municipal para ordenar y regular el sector, por eso queremos incorporar beneficios para los trabajadores”.
“El proyecto plantea una serie de exigencias a las aplicaciones y a cualquier otra empresa que explote el rubro o funcione en el sector, que no es ni más ni menos que cualquier requerimiento que rige sobre las diferentes actividades económicas que se desarrollan en la ciudad, pero que tiene que ver con regular, ordenar y reconocer la actividad”, añadió el edil.
Basso apuntó que otro de los objetivos del proyecto es “ayudar a ordenar la calle” y darle “facilidades” a los repartidores: “Queremos que tengan condiciones en sus espacios de trabajo, que suelen ser los centros comerciales o los grandes comercios gastronómicos. El delivery es una de las actividades que más creció en los últimos tiempos, pero no está reconocida, reglamentada, ni ordenada, entonces en esa relación entre una empresa de aplicación extranjera y un trabajador rosarino emergen un montón de injusticias. Buscamos compensar ese vínculo y darle herramientas al empleado y al Estado municipal para que pueda abordar integralmente esta situación”.
El concejal del bloque Peronista destacó que el proyecto también obliga a que tanto trabajadores como empresas estén inscriptos, de forma obligatoria, en el Registro Municipal de la Actividad de Reparto, el cual dejará de depender de la Dirección de Tránsito y pasará a estar bajo la órbita de la Secretaría de Desarrollo Económico y Empleo del Municipio de Rosario
Al respecto, argumentó: “Es una actividad económica y laboral, no es solo un problema de tránsito, que es un poco el concepto con el que se está abordando el tema. Queremos que esta ordenanza sea lo más integral posible, que provea de herramientas para ordenar y facilitar la convivencia dentro de la ciudad y que aporte un piso de legalidad a la actividad económica”.
Y cerró: “Hay grandes empresas que se niegan a estar registradas o ni siquiera aportan los datos que corresponden en la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (Arca). Hay falta de voluntad de estas compañías y de la política para buscar mecanismos que ordenen la situación. Un kiosquero o almacenero tiene que pagar Drei y TGI, pero este tipo de actividades comerciales se niegan a estar dentro de esa dinámica, por eso tenemos que reconocer y regular las tareas de reparto”.
¿Qué dice el proyecto?
La iniciativa de los concejales peronistas busca actualizar la Ordenanza Nº 7042/00, que tiene más de veinte años y, a entender de los legisladores, desprotege a los trabajadores del sector. Por ello, proponen que la actividad de reparto sea entendida como la “prestación y explotación del servicio de entrega, retiro, diligenciamiento y transporte de bienes, mercaderías, sustancias alimenticias, documentación, valores y objetos de todo tipo en el ámbito de la ciudad de Rosario”.
Quedarían alcanzados por esta actualización tanto las agencias de reparto como los locales comerciales, las cooperativas de reparto, las plataformas digitales de reparto y las personas que presten este servicio de manera autónoma.
“Dicha actividad podrá realizarse mediante el uso de vehículos autorizados, patentables (como motocicletas, motofurgones, ciclomotores, etcétera) y no patentables (bicicletas, triciclos y similares)”, aclara el proyecto.
Además, establece que todos los actores de esta actividad económica deberán estar inscriptos en el Registro Municipal de la Actividad de Reparto: desde las personas jurídicas (empresas, plataformas o cooperativas), como los trabajadores (sean autónomos, dependientes o asociados a cooperativas) y los vehículos, independiente de si son patentables y no patentables.
En caso de que estos cambios se concreten, la Secretaría de Desarrollo Económico y Empleo de Rosario deberá brindar a los sujetos y vehículos habilitados credenciales de carácter intransferible:
• Credencial identificatoria con código QR para la persona trabajadora, la cual contendrá los datos del registro.
• Credencial de identificación para cada vehículo registrado, que deberá ser exhibida de forma visible tanto en la unidad como en el receptáculo o caja de transporte utilizado.
La iniciativa fija también una serie de pautas para los vehículos con los que se realice este trabajo:
• Deberán tener receptáculo de carga conforme las necesidades del uso previsto, debiendo atenerse a las disposiciones que fije el Departamento Ejecutivo cuando se trate de alimentos u otras mercaderías que requieran especial profilaxis y/o determinados conocimientos para su manipulación.
• Cuando se trate de vehículos patentables, deberán contar con seguro de responsabilidad civil y cobertura de todos los aspectos técnicos.
• En los servicios prestados a través de plataformas digitales de reparto, agencias de mensajería o cooperativas, la contratación y el pago de seguros de vida y accidentes personales, tanto para vehículos patentables como no patentables, serán responsabilidad exclusiva de la entidad contratante, sin que esto pueda representar un costo para la persona trabajadora.
• Los móviles deberán cumplir con la verificación técnica vehicular (VTV).
Los repartidores o cadetes, en tanto, deberán ser mayores de 18 años, tener licencia de conducir (en caso de que manejen móviles patentables) y haber finalizado un curso de capacitación especial sobre seguridad vial que brinda la Dirección General de Tránsito.
Por último, la iniciativa crea una serie de beneficios para los trabajadores, agencias y cooperativas que estén debidamente inscriptos en el Registro Municipal de la Actividad de Reparto:
• Gratuidad en la renovación de licencia de conducir a aquellos trabajadores motorizados que acrediten un año de permanencia ininterrumpida en el registro.
• Acceso a un esquema de turnos preferenciales para la gestión, vinculación o actualización de los trámites relativos a las licencias de conducir, garantizando celeridad en la atención de los trabajadores registrados.
• Gratuidad en el trámite de duplicado de licencia de conducir en caso de robo o extravío ocurrido durante la jornada laboral, previa presentación de la denuncia policial.
• Acceso a líneas de financiamiento de la Secretaría de Desarrollo Económico para la adquisición o reparación de vehículos (motocicletas, bicicletas eléctricas, kits de seguridad, neumáticos) y renovación de elementos de trabajo.
• Acceso exclusivo a las “Estaciones de espera” que el municipio disponga, las cuales contarán con conectividad, puntos de carga de dispositivos móviles e hidratación. La implementación y el mantenimiento de estas estaciones serán financiados mediante un fondo específico conformado por el aporte obligatorio de las plataformas digitales de reparto, cuya tasa será reglamentada por el Ejecutivo local en función de la cantidad de repartidores activos que cada empresa posea en el Registro Municipal.
• Acceso a talleres de mecánica rápida y mantenimiento de vehículos.
Por último, el proyecto establece que las plataformas digitales de reparto deberán constituir de manera obligatoria un domicilio físico y legal en Rosario como condición para su habilitación.
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