JUEVES, 25 DE JUN.

Una por una, las claves del Súper Rigi que consiguió media sanción en Diputados

Comprende abundantes exenciones impositivas y beneficios aduaneros y cambiarios. Alcanzará a proyectos vinculados a actividades que todavía se encuentran en un terreno experimental en el país.

 

La Cámara de Diputados otorgó media sanción al nuevo Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones en Nuevas Industrias (Súper Rigi), una iniciativa impulsada por el Ministerio de Economía con el objetivo de atraer inversiones de gran escala en sectores de alto desarrollo tecnológico, a través de un paquete de exenciones y beneficios para los jugadores de mayor porte.

Comprende abundantes exenciones impositivas y beneficios aduaneros y cambiarios, y alcanzará a proyectos vinculados a actividades que aún no existen en Argentina o que están en etapa de experimentación.

En ese escenario, se busca dinamizar sectores como la industrialización de minerales críticos como litio y uranio, biotecnología, producción de baterías y energías renovables como hidrógeno verde, vehículos eléctricos, turbinas eólicas y paneles solares, reactores nucleares pequeños y medianos, semiconductores e inteligencia artificial.

Para ingresar a los beneficios de este esquema se requiere un umbral mínimo de inversiones mínimas de 1.000 millones de dólares, superando ampliamente los 200 millones del Rigi original.

A estas industrias se les ofrece un horizonte de estabilidad fiscal, aduanera y cambiaria por un período de 30 años.

A diferencia del Rigi, que tenía una duración de dos años con una prórroga por un año adicional (opción que se hizo efectiva), el Súper Rigi tiene un plazo más largo de 5 años y uno extra de prórroga.

Es un régimen bastante más restrictivo que el Rigi, que excluye los proyectos de recursos naturales y de infraestructura, y además excluye a proyectos preexistentes ampliables.

En lo concreto, el régimen propone una reducción del impuesto a las Ganancias al 15 por ciento, una amortización acelerada de inversiones del 60% en el primer año (y 20% en los siguientes dos años), certificados de crédito fiscal para cancelar IVA y contribuciones patronales con alícuota única del 10%.

Por otra parte, los quebrantos podrán deducirse sin límite temporal, en tanto que los dividendos tributarán 7%, una alícuota que bajará al 3,5% luego de cuatro años de adhesión.

Como si fuera poco, el Súper Rigi ofrece exención de derechos de importación, eliminación de derechos de exportación y supresión de restricciones y cupos para operar.

En tanto, se propone la disponibilidad progresiva de divisas de exportación: a los tres años los inversores del régimen podrán disponer del 100% de los dólares exportados.

El listado de beneficios concretos:

-Plazo de adhesión de cinco años desde la sanción de la ley y estabilidad de 30 años con arbitraje internacional.

-Reducción de alícuota del Impuesto a las Ganancias al 15%. El RIGI lo establece en 25%.

-Prohibición a los distritos que adhieran de establecer gravámenes locales. Tope máximo del 0,5% para el Impuesto sobre los Ingresos Brutos en las provincias adheridas.

-Quebranto sin límite temporal.

-Alícuota reducida del 3,5% sobre dividendos y utilidades.

-Exención de derechos de importación y exportación para bienes que se involucren con el plan de inversión.

-Reducida contribución patronal al 10%.

-Incentivo a la inversión y desarrollo, dado que cada dólar destinado a ese sector se computará doble para el compromiso de inversión necesaria de u$S1.000 millones.

-Inversión en proveedores locales de al menos del 20% del total del proyecto.

-Habilita la posibilidad de discernir litigios en tribunales internacionales.

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