LUNES, 28 DE SEPT.

Utedyc acordó una recomposición salarial del 5,28% para trabajadores de gimnasios

El acuerdo alcanzado con la Cámara de Gimnasios de Argentina establece un aumento acumulativo en tres tramos, que se aplicará entre agosto y octubre de 2026 sobre los salarios básicos de los meses anteriores.

La Unión Trabajadores de Entidades Deportivas y Civiles (Utedyc) y la Cámara de Gimnasios de Argentina (CGA) cerraron un nuevo acuerdo salarial para los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo 738/16. La recomposición acumulativa será del 5,28% y se aplicará en tres etapas: 1,9% en agosto, 1,7% en septiembre y 1,6% en octubre.

En ese sentido, a partir de octubre de 2026, los salarios básicos quedarán establecidos de la siguiente manera: Supervisor, $1.539.698; Coordinador Deportivo, $1.425.858; Coordinador de Área, $1.358.458; Guardavidas, $1.747.093; Encargado de Mantenimiento, $1.559.302; Personal Administrativo, $1.287.697; Recepcionista, Vendedor o Promotor, $1.173.642; Control de Acceso, $1.167.304; Auxiliar de Mantenimiento o Vestuarista, $1.188.640; y Personal de Limpieza o Camareros, $1.112.451.

Por su parte, para los trabajadores que perciben sus salarios por hora, los valores establecidos serán de $8.348 para los profesores de Educación Física con título que se desempeñen en establecimientos con más de cinco trabajadores; $7.914 para los profesores con título que trabajen en establecimientos de hasta cinco trabajadores; y $7.295 para instructores y entrenadores.

Asimismo, debido a la fecha en que fue firmado el acuerdo, las diferencias salariales correspondientes a agosto de 2026 deberán ser reliquidadas y abonadas junto con los haberes correspondientes al mes de septiembre.

El acta establece, además, una cláusula de absorción. De acuerdo con esta disposición, durante el período comprendido entre el 1 de agosto y el 31 de octubre, los incrementos acordados absorberán, hasta su concurrencia, cualquier aumento, suma fija, ajuste o bono remunerativo o no remunerativo que pudiera establecerse mediante una norma legislativa o reglamentaria nacional para el sector privado.

Por el último, el acuerdo tendrá vigencia inmediata a partir del 18 de septiembre de 2026, sin perjuicio del posterior trámite de homologación ante la autoridad laboral.

 

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