Cómo es el proyecto aprobado en el Concejo que regula los gimnasios en Rosario
Los centros de entrenamiento deberán contar con un profesional recibido en el área de kinesiología, educación física o título afín, quien estará a cargo de la planificación de actividades que se desarrollen en el lugar.
- Ciudad
- Oct 5, 2026
El Concejo Municipal de Rosario aprobó una ordenanza que establece las condiciones para la habilitación, funcionamiento y control de los establecimientos destinados a la enseñanza y/o práctica de actividades físicas, deportivas y de fortalecimiento muscular en gimnasios.
La normativa determina requisitos para la habilitación respecto a iluminación y ventilación, y contar con un informe de aislamiento acústico, realizado por profesional con incumbencia en la materia y matriculado, cuando el gimnasio linde con establecimientos de salud con internación o residencias para adultos mayores.
El concejal Fabrizio Fiatti, autor del proyecto, detalló, en diálogo con Conclusión: “La ordenanza anterior tenía más de 30 años, y ya no respondía a los tipos de gimnasios de hoy. Había incompatibilidad con la cercanía a escuelas, por ejemplo. Eso lo modificamos”.
“Hay otro sector que son los centros wellnes, para los que trabajamos en una normativa específica”, agregó.
A su vez, la ordenanza prohíbe en los gimnasios la venta y/o suministro de productos nutricionales de prestación farmacológica, medicamentos, fármacos o estimulantes, así como el expendio de bebidas alcohólicas. “Anabólicos o esteroides está prohibido», remarcó Fiatti.
La ordenanza determina también que los gimnasios deberán tener botiquín de primeros auxilios y puesto de hidratación en lugar visible y accesible, poseer constancia de cobertura médica para la atención del personal y asistentes; seguro de responsabilidad civil, disyuntores eléctricos y formación y capacitación en primeros auxilios y técnicas de reanimación cardiopulmonar (RCP).
Por su parte, dispone que deberán contar con un director técnico general quien estará a cargo de la planificación de las actividades deportivas desarrolladas en el lugar, quien deberá contar con título de grado en kinesiología, profesorado de educación física o título afín.
Se precisa que en aquellos casos en los que el gimnasio se dedique a la práctica exclusiva de una actividad homologada por federación -por ejemplo boxeo-, colegio profesional o resolución ministerial, la acreditación emitida por el organismo correspondiente podrá ser considerada válida para ejercer como director técnico general. Podrán también tener un auxiliar técnico por disciplina específica.

