El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) estableció la vacunación obligatoria contra la encefalomielitis equinas del Este y del Oeste para todos los équinos que tengan al menos dos meses de vida, en el marco de la emergencia sanitaria por la enfermedad establecida mediante la Resolución 1219/2023.

La medida, que se encuentra contemplada en la Resolución Senasa 115/2024 publicada este miércoles en el Boletín Oficial, determina que la totalidad de los équidos deberán tener vigente la vacuna y que aquellos que no hubieran recibido la primera dosis de la vacunación, deberán hacerlo dentro del plazo de diez días luego de publicada la norma.

Esta nueva medida tiene como objetivo evitar los efectos negativos del virus, preservando el bienestar animal y minimizando las pérdidas productivas para el sector implicado.

Asimismo, la nueva normativa establece que cada equino deberá contar con el certificado de vacunación a fin de acreditar la vacuna, que deberá ser emitido con firma y sello de un veterinario matriculado que actúe de forma particular o a través de un ente sanitario registrado en el Senasa. Además, el certificado tendrá que expresar los datos de interés que identifiquen al animal involucrado y la información de la vacuna aplicada.

Con respecto a las condiciones de inoculación, en los primovacunados se deberá implementar un refuerzo en los plazos estipulados, según prescripción del laboratorio elaborador. Una vez completado el esquema de primovacunación y refuerzo, la revacunación se efectúa de forma anual.

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