Por determinación de la Justicia Federal, la Mesa de Enlace no está obligada a pagar el bono de fin de año, el cual era reclamado por los gremios del sector.

El juez Matías Moreno Espeja resolvió «hacer lugar a la medida precautoria peticionada por los accionantes y ordenar la suspensión de los efectos de la Resolución 230/22 dictada por la Comisión Nacional de Trabajo Agrario hasta tanto el Ministerio de Trabajo se expida respecto de la impugnación efectuada».

Se trata de un reclamo que las entidades del campo habían encabezado por la intención de una suma que trepaba a los $50.000 por cada empleado, y que era exigida por los gremios de trabajadores rurales.

La medida cautelar que presentaron la Sociedad Rural Argentina (SRA), Confederaciones Rurales Argentinas (CRA), Confederación Intercooperativa Agropecuaria (Coninagro) y la Federación Agraria Argentina (FAA) sostiene “la incompetencia” de la Comisión Nacional del Trabajo Agrario para imponer tal decisión.

Aducen “vicio del procedimiento subsiguiente, habida cuenta que, a su entender, su dictado constituye un exceso a las atribuciones de la entidad citada que se encuentran enumeradas en los artículos 84 y 89 de la ley 26.727 y en la resolución 82/2017 que fija los términos de su reglamento interno”, según lo que remarca la resolución.

Entre los fundamentos esgrimidos por Moreno Espeja, se sostiene que el funcionamiento de la CNTA debe darse con al menos un representante del sector empresarial, situación que no se dio debido al rechazo de los empresarios para abonar el bono en cuestión.

Entre los argumentos centrales del sector privado está la sequía en primer lugar, con el incremento de costos productivos y los márgenes de ganancias.