Un fallo ordena reincorporar a 117 trabajadores de peaje despedidos por adherir a un huelga
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo estableció, como medida cautelar, el regreso de los empleados a la firma estatal Corredores Viales, cesanteados en abril por protestar contra la intervención.
- Gremiales
- Jul 18, 2025
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo revocó un fallo de primera instancia y ordenó este jueves a la empresa Corredores Viales SA la reincorporación de 117 trabajadores despedidos en abril pasado por decisión del entonces secretario de Transporte, Franco Mogetta, tras una protesta sindical. Se trata de una medida cautelar -hasta que se resuelva la cuestión de fondo- que tuvo los votos favorables de las juezas Graciela Craig y Gabriela Vázquez, y la disidencia del camarista Carlos Pose.
El tribunal hizo lugar en forma parcial al amparo interpuesto por el Sindicato Único de Trabajadores de Peajes y Afines (SUTPA), que reclamó la nulidad de los despidos al considerarlos una represalia por la participación de los empleados en una huelga decidida por la organización gremial, en abril pasado, cuando Mogetta estaba a cargo de Transporte. La resolución de la Sala VI del tribunal de alzada ordenó restituir a los trabajadores en sus puestos laborales y con las condiciones previas a las cesantías, hasta que se dicte sentencia definitiva.
El conflicto entre las partes se originó en abril luego de que el Gobierno nacional dispusiera, mediante el Decreto Nº244, la intervención de Corredores Viales y la habilitación para auditar, reestructurar y remover personal de la empresa estatal. Frente a rumores de despidos masivos, el sindicato denunció un conflicto colectivo y llevó adelante una medida de fuerza que consistió en el levantamiento de barreras de peaje.
La protesta afectó varios accesos a la Ciudad de Buenos Aires, entre ellos la autopista Riccheri, y generó una fuerte congestión vehicular. La empresa intimó a los empleados a cesar con la medida gremial y, tras no obtener respuesta, avanzó con 117 telegramas de despido sin causa, en una clara reprimenda por el ejercicio de un derecho constitucional. Luego 32 trabajadores acordaron su desvinculación con la firma, por lo que el fallo -que abarca a todos- alcanza en términos reales a los restantes 85 que desean continuar en la compañía.
La camarista Craig argumentó que la decisión de primera instancia, que había rechazado la cautelar presentada por el SUTPA, resultó “arbitraria” y no valoró correctamente la prueba presentada. Para la juez, los despidos “se motivaron en la adhesión a la huelga”, lo que constituye una afectación a derechos vinculados a la libertad sindical, protegidos tanto por la Constitución como por tratados internacionales.
Craig destacó que el peligro en la demora -que exige el otorgamiento de una medida cautelar- está dado por el carácter alimentario del ingreso de los trabajadores y la posibilidad de que el derecho invocado “se torne ilusorio” durante el trascurso del proceso. También indicó que no se requiere certeza para otorgar la cautelar, sino una “apariencia suficiente de verosimilitud”, que considera acreditado en el expediente.
Con la mayoría de los votos, la Cámara resolvió ordenar a Corredores Viales la reinstalación de los trabajadores identificados en la demanda en sus puestos habituales, en idénticas condiciones previas al despido. El fallo fija un plazo de cinco días hábiles desde la notificación para cumplir con la medida, bajo apercibimiento de imponer multas diarias.


