Aguinaldo de diciembre: ¿cuál es la fecha límite para cobrarlo?
La segunda parte del Sueldo Anual Complementario debe abonarse antes de las Fiestas. El beneficio alcanza a trabajadores, jubilados y pensionados, aunque con distintas modalidades de pago.
- Info general
- Dic 15, 2025
El pago de la segunda cuota del Sueldo Anual Complementario (SAC), conocido popularmente como aguinaldo. La normativa vigente establece plazos precisos que empleadores y organismos públicos deben cumplir. Según lo dispuesto por la Ley 23.041, la segunda cuota del aguinaldo debe abonarse hasta el 18 de diciembre, fecha que en 2025 cae jueves. Sin embargo, la reglamentación contempla una tolerancia adicional de cuatro días hábiles, por lo que la fecha límite definitiva se extiende hasta el 24 de diciembre.
Este plazo alcanza a trabajadores en relación de dependencia, tanto del sector privado como del sector público. En el caso de los jubilados y pensionados, el aguinaldo se deposita junto con el haber mensual, de acuerdo con el calendario de pagos que publica cada mes la ANSES.
Cómo se calcula el aguinaldo y quienes lo cobran. La segunda cuota del SAC equivale al 50% del mejor salario percibido durante el semestre comprendido entre julio y diciembre. No obstante, si el trabajador no completó los seis meses, el monto se liquida de manera proporcional al tiempo trabajado.
La fórmula de cálculo es la siguiente: mejor sueldo del semestre / 12 × meses trabajados. Por ejemplo, si el mejor salario fue de $100.000 y se trabajaron los seis meses completos, el cálculo será: (100.000 / 12) × 6 = $50.000.
En este sentido, el aguinaldo corresponde a trabajadores en relación de dependencia, jubilados y pensionados. En cambio, quedan excluidos trabajadores independientes, monotributistas e informales.
Cabe recordar, el aguinaldo en Argentina fue formalizado e institucionalizado el 20 de diciembre de 1945, a través del Decreto 33.302, durante la presidencia de Edelmiro Farrell. La medida que cumple 80 años, fue impulsada por Juan Domingo Perón, entonces secretario de Trabajo y Previsión, y estableció el Sueldo Anual Complementario como un derecho laboral fundamental que se mantiene vigente hasta la actualidad.

