El Ejército argentino presentó un recurso extraordinario ante la Corte Suprema de Justicia contra la sentencia que le obliga a entregar tierras en las afueras de la ciudad de Bariloche, en la provincia patagónica de Río Negro, a una comunidad mapuche, según informó este lunes el Ministerio de Defensa.

Esta presentación se produce después de que quedara firme un fallo de primera instancia que obliga al Estado a la entrega de unas 180 hectáreas que pertenecen al Ejército a la comunidad mapuche Millalonco Ranquehue, ubicadas a 12 kilómetros de la ciudad de Bariloche, donde funciona la “Escuela Militar de Montaña Juan Domingo Perón”.

En febrero pasado, un fallo del Juzgado Federal de San Carlos de Bariloche, a cargo de María Silvina Domínguez, ordenó al Poder Ejecutivo a que en el término de 60 días, a partir de que quede firme la sentencia, transfiera a “título gratuito”, al Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI), a los efectos de su adjudicación “en forma inmediata”, en propiedad a la comunidad mapuche.

Fue en respuesta a una causa iniciada en 2012 que derivó en una acción de amparo, presentada en diciembre de 2020, por la comunidad mapuche Millalonco Ranquehue contra el Estado nacional para que instrumente el “reconocimiento definitivo e incondicional” de la propiedad comunitaria, la inscriba en los registros públicos y se extienda el título de propiedad.

El fallo de febrero pasado fue apelado por el Ejército argentino, pero la Cámara de Apelaciones de General Roca la rechazó el 28 de abril argumentando que la apelación fue interpuesta fuera de término.

Según se informó este lunes, el Ejército argentino presentó a la Cámara de General Roca el recurso extraordinario ante la Corte Suprema de Justicia, que se funda en que había presentado la apelación “en su debido momento y la misma fue rechazada por cuestiones meramente formales que no se condicen con las consecuencias que esta resolución judicial pueda ocasionar”.

Entre los fundamentos del Recurso Extraordinario, se sostiene “la evidente arbitrariedad al no permitir el derecho de defensa al Ejército, quien debe como custodio del bien del Estado garantizar el resguardo, la integridad y disponibilidad del inmueble”.