Los usuarios de empresas de medicina prepaga pueden limitar los aumentos en las cuotas, presentando una declaración jurada para determinar el tope de los incrementos por parte de las compañías. El plazo para la presentación es del 1 al 20 de cada mes.

En octubre el incremento será del 7% para todos por igual porque el Índice de Costos de Salud es inferior al 90% de la variación de los salarios formales Remuneración Imponible de los Trabajadores Estables (RIPTE), el indicador que se utiliza para fijar el incremento de la cuota de los que menos ganan, según la Superintendencia de Servicios de Salud.

Pueden obtener el beneficio de las reducciones del aumento, las personas que tengan ingresos netos inferiores a seis Salarios Mínimos, Vitales y Móviles y a quienes ganan más se les aplica la misma suba del Índice de Costos.

Trámite

*Para obtener el beneficio, las personas deben presentar una declaración jurada de los ingresos que tuvo el mes anterior.

*La declaración jurada se presenta en el servicio web de la Superintendencia de Servicios de Salud, disponible en la página de AFIP. Es necesario ingresar con CUIT o CUIL y clave fiscal.

*El plazo para presentar la declaración jurada es del 1 al 20 del mes de octubre.

*Es necesario presentar todos los meses la declaración jurada para que se pueda aplicar el tope.

*El tope no se aplica para meses anteriores al mes de presentación de la declaración jurada.

Desde la Superintendencia de Servicios de Salud determinaron que desde febrero de 2023, los aumentos serán mensuales y no bimestrales, además aclara que las presentaciones que se realicen no tendrán impactos con los aumentos en las prepagas de los meses anteriores.