MIéRCOLES, 03 DE JUN.

Prohíben brillos y lápices labiales infantiles y tratamientos capilares por falta de registro sanitario

La Anmat dispuso la prohibición de uso, venta y publicidad de varios productos cosméticos y capilares que no cuentan con autorización oficial y podrían representar riesgos para la salud.

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió el uso, la comercialización, la distribución y la publicidad en todo el país de una serie de productos cosméticos, entre ellos brillos y lápices labiales infantiles y tratamientos capilares, debido a que no cuentan con registro sanitario ni autorización para su venta.

La medida fue oficializada este lunes mediante la disposición 1338/26 publicada en el Boletín Oficial. En ese marco, el organismo restringió específicamente el “brillo labial infantil con aplicador” identificado bajo la marca Miss Betty, el brillo labial infantil rojo “Labubu lips gloss” de la marca Pola Ayir y el bálsamo labial infantil en barra “HeL 79” de la marca Magic.

En primer lugar, la decisión se tomó luego de una inspección de control realizada por el Departamento de Domisanitarios, Cosméticos y Productos de Higiene Personal en distintos comercios de la Ciudad de Buenos Aires. Durante esos operativos se detectó que los productos mencionados no estaban registrados en la base oficial de cosméticos habilitados.

Según explicó el organismo dependiente del Ministerio de Salud, se trata de “cosméticos para el uso externo en el cuerpo humano que carecen de registro”, por lo que se desconocen sus características, su funcionalidad y su nivel de seguridad.

En consecuencia, la Anmat advirtió que estos productos podrían representar un riesgo para la salud, ya que no se puede determinar si los insumos utilizados en su fabricación son aptos para el uso en humanos ni cuáles podrían ser sus efectos reales.

En ese sentido, el organismo sostuvo que, con el objetivo de proteger la salud de los potenciales compradores y usuarios, resulta necesario aplicar una medida sanitaria restrictiva debido a que se desconoce el origen de los productos y no es posible garantizar sus condiciones de elaboración ni su calidad.

Por otra parte, mediante la disposición 1390/26, la Anmat también prohibió el uso, la comercialización y la publicidad de una serie de productos para el cabello comercializados bajo la marca “Emilse alisados”. Estos artículos fueron detectados principalmente en canales de venta electrónicos.

En este caso, el organismo advirtió que se trata de alisadores capilares que se comercializan sin inscripción sanitaria, lo que implica un riesgo significativo para la salud de la población.

Además, señalaron que estos productos podrían contener formol (formaldehído) como agente alisante, una sustancia cuyo uso con ese fin no está autorizado.

la Anmat explicó que la utilización de formol en tratamientos capilares puede generar la exposición a vapores tóxicos, con potencial para provocar diversos efectos nocivos tanto en los usuarios como en los profesionales que aplican estos productos.

ANMAT Resolución 1338/26 by Conclusión Diario Digital

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