El Gobierno nacional aprobó la reglamentación del servicio para inscribir los números telefónicos que se quieran bloquear y así evitar llamados de empresas que ofrecen sus productos. De esta manera, los usuarios de telefonía celular y fija que se registren, estarán protegidos para no recibir publicidad de las empresas de telemarketing.

Por ahora, el dispositivo está en sus inicios inscribiendo a los interesados. En una segunda etapa se procederá a comunicar los listados con los nombres de los inscriptos a las compañías que hacen marketing telefónico.

El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación informó que el trámite de inscripción y baja del registro es de fácil instrumentación y se hará en forma gratuita. Además, se podrá efectuar mediante internet en el sitio www.nollame.gob.ar, o telefónicamente por medio de la línea 146, a partir del 14 de este mes.

El registro “No llame” concentrará en una base de datos los números telefónicos de titulares que manifiesten su decisión de no ser contactados por las empresas que publiciten, oferten, vendan o regalen bienes o servicios mediante servicios de telefonía (cualquiera sea su modalidad), tales como telefonía básica, móvil, servicios de radiocomunicación móvil celular, comunicaciones móviles, SMS por IP, voz por IP, y cualquier otro servicio similar que la tecnología permita.

La norma establece taxativamente que a la autoridad de aplicación “también le corresponderá individualizar e incorporar, dentro de las modalidades de servicios de telefonía, a aquellos nuevos servicios que la tecnología ofrezca en el futuro y sean compatibles con el objeto de la Ley N° 26.951, tomando debida intervención, para ello la Secretaría de Comunicaciones dependiente del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios”.

El Poder Ejecutivo nacionall publicó días pasados la reglamentación del nuevo servicio titulado “No llame” que fue creado a partir de la ley 26.951 y tiene como finalidad proteger a los titulares o usuarios autorizados de los servicios de telefonía en cualquiera de sus modalidades, de los abusos del procedimiento de contacto, publicidad, oferta, venta y regalo de bienes o servicios no solicitados.

En otro de sus tramos, la reglamentación alega que “quienes utilicen los servicios de telefonía con el propósito de publicitar, vender o regalar bienes o servicios, no podrán dirigirse a los inscriptos en el Registro Nacional No Llame” y que deberán “consultar cada 30 días la base de datos proporcionada por la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales con los teléfonos inscriptos”.

Para acceder a esa base de datos, las empresas que realizan marketing deberán previamente registrarse y generar un usuario y contraseña.

En el mismo sentido, la norma precisa que el titular o usuario de la línea telefónica inscripto en el registro que siga recibiendo llamadas o mensajes publicitarios, “podrá denunciar a la empresa infractora desde la página web o llamando al 146″ y que “en el caso de que se constate la infracción, el organismo de control podrá aplicar sanciones de apercibimiento, suspensión, multas que ascienden de mil pesos a cien mil pesos, o la clausura o cancelación del archivo, registro o banco de datos”.

En tanto, la reglamentación ampara las campañas de bien público, las llamadas de emergencia para garantizar la salud y seguridad de la población, las campañas electorales y las llamadas de quienes tienen una relación contractual vigente, siempre que se refieran al objeto estricto del vínculo.

El decreto 2501, publicado en el Boletín Oficial, firmado por la presidenta Cristina Fernández de Kirchner; el jefe de Gabinete, Jorge Capitanich; y el ministro de Justicia, Julio Alak, facultó a la dirección nacional de Protección de Datos Personales, a dictar normas complementarias y de procedimiento para la aplicación de la ley.

El proyecto ya había sido sancionado por unanimidad por el Congreso Nacional y estableció la creación del registro que «protege a titulares o usuarios autorizados de los servicios de telefonía en cualquiera de sus modalidades de los abusos del procedimiento de contacto, publicidad, oferta, venta y regalo de bienes o servicios no solicitados».

Cabe señalar que esta posibilidad se encuentra habilitada en la provincia de Santa Fe por medio de la Ley Nº 13112, pero el servicio es de difícil instrumentación por imposibilidad de los interesados de comunicarse con el número (0800-444-0999) habilitado al efecto.