Festejo y descanso merecido. Los trabajadores nucleados en el gremio del Sindicato de Empleados de Comercio festejarán su día el miércoles 27 de septiembre, jornada en la cual cerrarán las puertas de comercios, supermercados y shoppings de Rosario.

Así, será una jornada de celebración para los trabajadores mercantiles, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1º de la Ley provincial 13.441, actualmente en vigencia, en lo relacionado con el “Día del Empleado de Comercio”.

Si bien el día es el 26 de septiembre, instituido en el Convenio Colectivo de Trabajo 130 (1975) en su artículo 76º, en el ámbito de la provincia de Santa Fe se concreta el miércoles de la última semana de septiembre, según lo establece la antes citada Ley.

En diálogo con Conclusión, el secretario Gremial de la Asociación Empleados de Comercio (AEC), Juan Gómez, señaló que “en Santa Fe está en vigencia la Ley 13.441 que define claramente en su artículo primero que para garantizar el efectivo cumplimiento de la norma se dispuso que sea no laborable el último miércoles de septiembre, algo que ya viene ocurriendo hace 5 años”.

En consecuencia, adelantó que el próximo 27 de septiembre “no habrá actividad comercial” y que “ya están comprometidos al cierre los shoppings de la ciudad, las grandes cadenas de supermercados y los distintos centros comerciales”.

A renglón seguido, puso de relieve que esto no sólo se debe al cumplimiento de una Ley, sino que “los trabajadores lo tomaron en sus manos como un día festivo, para celebrar el esfuerzo de todo el año”.

Asimismo, manifestó que durante la jornada se realizarán recorridas por distintas zonas de la ciudad para controlar el normal cumplimiento de lo establecido y dijo que “si hay algún compañero que está siendo obligado por alguna empresa que lo denuncie en el gremio, o a través de la web”.

Historia

El 26 de septiembre se celebra en Argentina el Día del Empleado de Comercio. Además de ser feriado para los trabajadores del rubro, el objetivo que tiene esta jornada es reivindicar los derechos de las personas que realizan su trabajo en los negocios o centros comerciales de todo el país.

Esta fecha fue establecida en año 2009 al modificarse el artículo 76 del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 130/75. Sin embargo, no fue elegida al azar. Este día, pero de 1934, se sancionó la Ley 11.729 que modificaba del artículo 154 al 160 del Código de Comercio.

Así, quedaba establecido, entre otras cuestiones, el régimen de indemnizaciones por despido, las vacaciones anuales pagas, el aguinaldo e incluso introducía por primera vez la regulación por accidentes de trabajo y la licencia a empleadas y obreras embarazadas.

El proyecto fue presentado por el diputado socialista de extracción sindical mercantil Enrique Dickman, que había recogido el guante de Alfredo Palacios, y determinó el fin a interminables períodos de abusos y arbitrariedades laborales.

La importancia de esta Ley, excede a los empleados de comercio ya que fue una piedra fundamental para la creación de la toda la legislación laboral argentina que regiría para todo el movimiento obrero.

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