JUEVES, 04 DE JUN.

La Justicia falló a favor del Municipio de Rosario y ordenó recuperar 800 hectáreas de humedales en el Delta del Paraná

El fallo del juez Luis Márquez Chada dispuso que un privado devuelva al Estado rosarino terrenos ocupados ilegalmente para explotación ganadera. Además, deberá pagar una indemnización y afrontar la recomposición ambiental del área afectada.

La Justicia de Entre Ríos resolvió a favor de la Municipalidad de Rosario y ordenó a un particular restituir un predio de 807 hectáreas ubicado en la zona de islas del Delta del Paraná, dentro de un área de humedales protegidos. La sentencia, dictada por el juez Luis Francisco Márquez Chada, hizo lugar de manera íntegra al pedido del municipio, que reclamaba la devolución del inmueble ocupado de forma ilegítima por el empresario Enzo Rómulo Mariani para fines de explotación ganadera.

El magistrado también dispuso una indemnización económica a favor del municipio de U$S 486.000 por la privación de uso del inmueble, más intereses hasta la restitución efectiva, y $66.840.000 por remoción y recomposición ambiental, también con intereses. Asimismo, rechazó la reconvención presentada por el demandado, al declarar su posesión de mala fe e imponerle las costas del proceso.

De este modo, Rosario podrá recuperar parte del predio que forma parte de la Reserva Municipal Los Tres Cerros, un espacio natural considerado ecosistema protegido dentro del Delta del Paraná. Según la sentencia, la ocupación ilegal impidió que el municipio cumpliera con la finalidad pública y ambiental asignada al terreno, vinculada al desarrollo de la reserva ecológica y cultural.

En su presentación judicial, los representantes legales del municipio, Pablo Bonato y Gastón Rosenberg Jantzon, habían argumentado que el predio pertenece a la ciudad por ser parte del Legado Deliot, una herencia testamentaria que data de 1998 y cuya titularidad está debidamente inscripta en el Registro Público de la Propiedad Inmueble de Victoria. En consecuencia, el juez reconoció el derecho de dominio de Rosario y la ilegitimidad de la ocupación privada.

Por otro lado, el fallo subraya los daños ambientales provocados por las actividades del demandado, entre los que se incluyen la construcción de terraplenes y alteos ilegales, la alteración de la topografía natural del humedal, la interrupción del régimen hidrológico y la consecuente pérdida de biodiversidad. Estas acciones, según el dictamen, afectaron gravemente la integridad del ecosistema del Delta.

En ese sentido, la resolución judicial representa un precedente relevante en materia de protección ambiental y recuperación del patrimonio público, al reafirmar el rol del Estado local en la defensa de los humedales y en la gestión sostenible de los bienes naturales.

 

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