Por Alejandra Ojeda Garnero

Todos y cada uno de los rosarinos recuerda, sin lugar a dudas dónde, con quién y que estaba haciendo el 6 de agosto de 2013 alrededor de las 9 de la mañana. Fue cuando se produjo la mayor tragedia de la historia de la ciudad cuando una masiva fuga de gas produjo la explosión del edificio de Salta 2141 provocando la muerte de 22 personas, la implosión de la torre central y un incendio feroz.

A las 8.55 de la mañana de hoy los jueces Marcela Canavesio, Carlos Leiva y Rodolfo Zavala ingresaron a la sal 7 del Centro de Justicia Penal para dar inicio a uno de los juicios en el cual se debatirán los sucesos que terminaron con la vida de 22 personas, cientos de heridos y cuantiosos daños materiales ocurrido el 6 de agosto de 2013, un antes y un después en la historia de la ciudad.

La acusación por parte del Ministerio Público, representada por los Graciela Arguelles, Valeria Piazza Iglesias, María Eugenia Iribarren y Miguel Moreno acusaron formalmente a Carlos García, Pablo Miño, quien intervino en el cambio del regulador el día del hecho; Norma Bauer, Carlos Repupilli y Mariela Calvillo, responsables de la administración del edificio de Salta 2141; Guillermo Oller y Luis Curaba, reclamistas de Litoral Gas; Viviana Leegstra, Gerente técnica de Litoral Gas y Claudio Tonucci, jefe de mantenimiento de redes de Litoral Gas, por el delito de estrago culposo agravado, solicitaron 5 años de prisión efectiva para todos los imputados, la pena máxima por dicha conducta típica.

Imputaciones

A  Carlos Garcia y Pablo Miño  se les imputa el hecho de haberse presentado entre las 9 y 9.38 y haber causado la explosión e incendio del edificio de calle Salta 2141, por haber provocado una fuga de gas mientras manipulaban la conexión de ingreso de la provisión de gas al inmueble cuando pretendían cambiar el regulador de gas sin haber cerrado la llave de paso. Cuando se produjo la fuga de gas por  no contener la fuga y marcharse del lugar.

A Norma Bauer, integrante de la administración, Carlos Repupilli, asesor jurídico e integrante de la administración y Mariela Calvillo administradora del consorcio, por la responsabilidad inherente a su función al tener el deber de custodia del edificio y de los bienes comunes del mismo, se les atribuyó haber violado dichos deberes.

Así las cosas, ante la necesidad del cambio de regulador, el personal de la administración contrata a García, tomando conocimiento a través del mismo que éste realizaría las tareas de una forma no permitida, omitiendo en la reunión de consorcio celebrada el 2 de agosto de 2013, advertir a los presentes esta irregularidad .

A su vez se les atribuye no haber hecho caso a reiterados reclamos de los copropietarios con relación a la subsistencia de los inconvenientes con el servicio de gas, concretamente con la presión del servicio.

En tanto, a Guillermo Oller y a Luis Curaba se les atribuye haber concurrido el día 26 de julio de 2013 aproximadamente a las 21.40 como reclamistas de litoral gas al edificio de calle Salta y haber restablecido el servicio de gas.

Antes de restablecer el gas, no corroboraron los trabajos efectuados por Allala, ya que no le solicitaron ningún informe detallado de los trabajos realizados, materiales utilizados y pruebas efectuadas sobre la instalación, omitieron a su vez la exigencia de rehabilitar el servicio en presencia del gasista matriculado (Allala).

No efectuaron ningún control sobre la totalidad de las instalaciones, limitándose a controlar la ausencia de pérdida en el gabinete, sin realizar una verificación integral de dicha instalación. Omitieron efectuar el control de todos los departamentos en cuanto a sus instalaciones de servicio y correcto funcionamiento de los artefactos.

Habilitaron el suministro de gas, contando el edificio con un solo regulador, cuando según la reglamentación debía contar con dos.

A la gerenta técnica de Litoral Gas, Viviana Leegstra y a Claudio Tonucci, jefe de mantenimiento de redes de Litoral Gas, se le atribuyó no haber ejercido adecuadamente el deber de control y vigilancia respecto de las funciones delegadas al personal a su cargo, todo ello teniendo en cuenta el peligro que importa la actividad que realiza la prestataria vinculada a la manipulación de sustancias peligrosas.

Además de no haber exigido reportes ni informes al personal a su cargo que realizó tareas en el edificio de calle Salta 2141, no haber instruido al personal a su cargo respecto de las normas de seguridad que debían observar ante la detección de pérdidas, la manipulación de redes y en la rehabilitación del servicio de gas, tampoco sobre la presentación de los informes en relación con las actividades realizadas, no haber elaborado de conformidad con las normas y reglamentaciones vigentes, un plan de emergencias para interrumpir el suministro del servicio de gas en un tiempo razonable, detallando los sistemas que se considerasen más convenientes para interrumpir dicho servicio de gas.

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Alegato de la Fiscalía

La fiscal Graciela Argüelles, quien llevó adelante la investigación desde el minuto cero, apeló a los sentimientos y emociones para dar inicio a su alegato: «Proyectos, ilusiones de estudiantes y familias, historias, recuerdos, el hogar y hasta 22 vidas se llevó esta tragedia.

Muchas familias fueron destrozadas por esa explosión y muchas murieron con sus seres queridos. Ese día no empezó la tragedia, ese día fue el final de una seguidilla de reclamos. Ese día a las 9,38 ocurrió la catástrofe que quedará en la memoria de los rosarinos».

La fiscal describió los detalles de los hechos desde el primer reclamo, que se produjo el 24 de julio de 2013, realizaron los habitantes del edificio, cuando comenzaron a observar deficiencias en el servicio de gas, así las cosas «Mariela Bozzo llamó a Litoral Gas porque se le cortaba la llama de la cocina y se apagaba el calefón».

Luego de los reclamos, Litoral Gas envió al gasista Gerardo Bolaño llegó al edificio y no se contactó con la vecina, fue al gabinete e interrumpió el servicio en todo el edificio habiendo constatado perdidas en la válvula de bloqueo.

Completó un formulario en el que dejó constancia que cerró con cepo la válvula de servicio. Luego de varias conductas, para la Fiscalía cuestionables, en relación a la presencia de Guillermo Oller  por «colocación de una llave adicional» y así pudieron cerrar, al cepo a una válvula de seguridad que era vieja y no correspondía cerrar con cepo» que continúa con la concurrencia «al edificio de cinco reclamistas en una semana».

Las características técnicas de las válvulas que estaban en el edificio eran obsoletas y no se ajustaban a la reglamentación vigente, cuestión que no se especifica en los formularios que completó Bolaño, es decir, «el formulario hace constar de forma limitada lo que vio en el gabinete».

Bolaño constato la perdida y el cepo, también dejo una marca amarilla en la vereda ese 25 de julio se remite un mail a la municipalidad para realizar tareas en la vereda. La Municipalidad autoriza la apertura de la vereda. la cual fue autorizada pero no se realiza. La finalidad era cambiar un tramo de la cañería que conecta la red externa con al interna incluyendo la vieja válvula de servicio.

La administración contrata a Allala para reparar las perdidas que había constatado Bolaño y las realizó el 26 de julio cuando cambia 2 niples y un codo. Llama a la guardia de Litoral Gas para la reconexión del servicio pero no esperó a la cuadrilla para informar lo que había echo.

Los empleados de la cuadrilla constatan que no haya perdida colocan una llave externa a la válvula de cierre y recolectan el servicio que es firmado por una propietaria del edificio, en lugar del gasista matriculado.

Esta seguidilla de irregularidades y omisiones que incluyen no haber realizado las inspecciones correspondientes, al funcionamiento de los artefactos y la habilitación contraria a la normativa vigente «es el punto de partida que aportaron al trágico final», señaló Argüelles.

Argüelles refirió que en el año 82 se modifican las normas que regulan lo que tiene que ver con el gas en los edificios, requiere la colocación de dos reguladores, de una válvula precintada, la instalación del gabinete en la línea de edificación principal, esa normativa no fue considerada por la empresa Litoral Gas que tomó la conseción en 1990, ni siquiera se realizó un relevamiento de los viejos edificios habilitados bajo la vieja normativa haciéndole saber a los usuarios que el servicio que recibían era de inferior calidad.

En cuanto a los jefes de los reclamistas, la fiscal señaló que ellos debían controlar todo el procedimiento realizado por los reclamos de gas, debían controlar la labor de sus subordinados en un servicio riesgoso como es el gas.

Tonucci y Leegstra cuando se había iniciado el reclamo, no fue tratado por la empresa, solo se trató el problema de la pérdida pero el problema persistía, varios consorcistas tenían problemas de gas.

En cuanto a Calvillo, Recupilli y Bauer respondiendo al reclamo del edificio, contrataron a un gasista para cambiar el regulador, los propietarios consultaron por mail que arreglos se iban a realizar pero no obtuvieron respuesta. Los elementos que fueron cambiados fueron secuestrados y los peritos darán cuenta de ello.

El 2 de agosto convocan a una reunión de propietarios donde la administración presenta a García para hacer el arreglo, porque se apartan de los otros gasistas que habían hecho el trabajo anterior, fue por una cuestión de costos.

La discusión fue si se iba a colocar un regulador de 50 o de 100, explicó que iba a hacer el trabajo cerrando la válvula de corte y que Litoral Gas había habilitado el trabajo, recomienda un regulador de 100 y no dos de 50 y dijo que «cambiar el regulador es una boludez».

Ese 6 de agosto alrededor de las 9 de la mañana cuando García y Miño llegaron al edificio para cerrar la válvula y no pudieron, el gasista pide ayuda al portero y van al departamento de Contribunale y manipulan el regulador que se desprende, sin avisar a los vecinos, sin cortar la luz, provocando un escape masivo de gas que provocó una explosión que produjo la implosión de la torre central con la pérdida de 22 vidas, decenas de heridos y una incalculable pérdida de bienes materiales.

Una hora cuarenta se tardó en cortar el suministro de gas tiempo que impidió el rescate de más personas con vida. García y Miño no tuvieron un plan preventivo para realizar los trabajos y esto contribuyó a las incontables perdidas.

Para probar los hechos se presentarán a declarar personas de la municipalidad, los propietarios e inquilinos que tuvieron problemas con el servicio de gas, y los integrantes del consocio, médicos forenses, que atendieron a los heridos, peritos que explicarán la mecánica de los hechos, sobrevivientes y rescatistas.

Sobreseimiento

La Fiscalía solicitó el sobreseimiento de Allala y Bolaños, porque la conducta, si bien tuvo deficiencias, en cuanto al formulario y la llave precintable, no consideran que su conducta tenga que ver con el resultado fatal, su trabajo tuvo deficiencias pero quienes deberían controlar su trabajo, lo mismo que Allala, no comunicó los trabajos realizadas, fue sancionado administrativamente y no merece una sanción penal porque no realizo un aporte al resultado fatal, de acuerdo a la teoría fiscal.

Pedido de penas

La Fiscalía solicitó para los nueve imputados la pena de 5 años de prisión efectiva, el máximo de la escala penal por el delito de estrago culposo agravado por el resultado muerte y por el número de personas fallecidas. Aunque aclaró que «resulta insuficiente».

Querella

El abogado Angelo Rossini, en su alegato de apertura manifestó: «Siento que no deberíamos estar hoy aquí, la tragedia de Salta 2141 era totalmente evitable, todos los imputados que están aquí tenían la obligación de evitarla».

Esta es una cadena de infracciones a la normativa que generaron el riesgo para que ese 6 de agosto actuando negligentemente causara la tragedia. Por los 22 muertos por decenas de heridos, por las perdidas materiales.

Se diferenció de la Fiscalía en cuanto al sobreseimiento de Allala y Bolaños, porque «creemos que son responsables».

Dos líneas de tiempo

Rossini planteó su alegato en dos líneas de tiempo, una de gasistas y los reclamos y la otra la de la administración Calvillo.

Esta tragedia tiene su génesis el 24 de julio del 2013 cuando la vecina Bozzo realiza el reclamo por problemas con su calefón, Bolaños constata pérdidas, pero no constata que esas pérdidas no generaban la poca presión. Casi en los mismos términos que la Fsicalía el abogado Rossini relata la sucesión de hechos desafortunados que provocaron la explosión y terminaron con la vida de 22 personas.

El 6 de agosto García llega a las 9 de la mañana, se encuentran con el portero Flores, le indica que va a cambiar el regulador, le pide que lo lleve a un departamento de arriba para contratar que estaba cerrado. En ese momento Flores empieza a escuchar un silbido y comienza a bajar las escaleras y al llegar abajo vio a García y a Miño que habían salido del edificio. En ese momento ocurrió la fatal explosión que dejó 22 muertos y decenas de heridos. Un antes y un después en la historia de la ciudad. Finalmente aseguró que si García hubiese trabajado sin gas no hubiese ocurrido la tragedia.

En su segunda línea de tiempo, Rossini apuntó contra Recupilli, esposo de Calvillo, abogado, administrador de hecho, Bauer madre de Calvillo también administradora del edificio. Eso le da la posición de garante.

En su exposición explicó que conocían las irregularidades, las normativas, lo demuestra un mail del 25 de julio, donde Litoral Gas iba a hacer una inspección muy minuciosa. El 30 de julio otro mail indica que hay que instalar dos reguladores, y que debían hacer una inspección en cada una de las unidades.

Esta administración decidió y lo informó el 2 de agosto que García iba a ser el gasista porque era mas barato y que no iba a hacer demasiadas exigencias. El costo fue las 22 muertes. También ante los reclamos, les decían que no llamen a Litoral Gas porque le iban a cortar el suministro.

En cuanto a los gerentes de la empresa Litoral Gas  dijo: «Tenían a su cargo a los reclamistas Bolaños, Oller y Curaba a los que debían instruir y controlar si actuaban adecuadamente».
En una semana fueron cinco veces al edificio, ¿no les llamó la atención que hubiese tantos reclamos? se preguntó. Y aseguró: «Hay una violación grave a las funciones que les correspondía como gerentes».

El fuego generado impidió que los rescatistas llegarán más rápido a las victimas. Hubo personas que murieron de forma violenta, pero otras murieron por inhalación de monóxido de carbono como Débora Gianangelo.
El punto central de este juicio va a ser si los imputarlos actuaron negligentemente, tenían obligación de evitar la tragedia, tenían el conocimiento y no lo hicieron.
La querella solicitó 5 años de prisión efectiva para los imputados agregando a Allala y Bolaños, a diferencia de la fiscalía que solicitó el sobreseimiento.