MIéRCOLES, 03 DE JUN.

Condena a docente por abuso de alumnos en un jardín de Santa Fe: «No se escuchó a los niños»

Un tribunal de alzada revocó la absolución a un profesor de educación física de un jardín de infantes de Santa Fe acusado de abuso sexual, y lo condenó a 12 años de prisión. La explicación de los fiscales.

 

El Colegio de Jueces de Segunda Instancia de Santa Fe revirtió este martes el fallo absolutorio para el profesor de educación física Juan Francisco Trigatti, al que condenó a 12 años de prisión por cinco casos de abuso sexual de alumnos de una jardín de infantes privado de la ciudad capital, ocurridos en 2021. el Fiscal Regional Jorge Nessier y de los fiscales del juicio, Matías Broggi y Jorgelina Moser Ferro, brindaron una conferencia de prensa este miércoles para dar detalles de la resolución de alzada que revocó el de primera instancia, y aseguraron que durante el debate oral “no se escuchó a los niños” que fueron víctimas.

En este fallo se revoca la sentencia absolutoria que había sido dictada en primera instancia, haciendo lugar a los planteos que había realizado el Ministerio Público de la Acusación a través de los fiscales del juicio, Matías Broggi y Jorgelina Moser Ferro”, dijo Nessier, el jefe de los fiscales santafesinos, al abrir la rueda de prensa. Y explicó que la nueva sentencia “resuelve revocar la decisión absolutoria del Tribunal y condenar a esta persona por la totalidad de los hechos que se habían atribuido, cinco hechos de abuso sexual, cuatro de ellos gravemente ultrajantes, e imponer una pena de 12 años de prisión”.

La resolución fue firmada por los jueces de segunda instancia Jorge Andrés, Sebastián Creus y Alejandro Tizón, quienes entendieron que existió una manipulación de la prueba en el juicio de primera instancia por parte de los jueces que analizaron las evidencias. Básicamente, los magistrados absolvieron al profesor Trigatti por considerar que los padres de las víctimas y otras personas mayores que intervinieron en el proceso penal, “inocularon” la idea del abuso en los chicos de 5 años.

El caso0 comenzó el jueves 7 de octubre de 2021 cuando un grupo de madres se manifestaron frente a las instalaciones del Jardín Ceferino Namuncurá, del barrio Yapeyú, en la zona norte de la ciudad de Santa Fe. Esa misma tarde el profesor de educación física, Juan Trigatti, se presentó en la comisaría de su barrio y fue detenido. Primer fue acusado en audiencia imputativa y luego recuperó la libertad. El docente fue imputado por los delitos de «abuso sexual gravemente ultrajante agravado porque, al momento de los ilícitos, era el encargado de la educación y de la guarda de las víctimas”.

El juicio

El legajo llegó a juicio en agosto de 2024. Los fiscales y la abogada querellante en representación de las familias pidieron 25 años de prisión para el profesor de educación física, mientras que la defensa planteó la absolución. En octubre de ese año, el tribunal integrado por los jueces Pablo Busaniche, Cecilia Labanca y Martín Torres resolvió, en forma unánime, absolver a Trigatti.

El veredicto señaló que existieron “situaciones de sugestión colectiva y consecuente influencia y contaminación de las versiones recibidas de las niñas sobre tan grave situación, que sumadas a las actuaciones de operadores del Estado por lo menos deficientes, terminaron por completar esta saga de lamentables sucesos y actuaciones que derivaron en un conflicto penal que se debió haber evitado”.

Ahora, un tribunal de alzada revocó ese fallo y condenó al docente a 12 años de prisión. El nuevo fallo “es crítico respecto de la determinación que había tenido el Tribunal de primera instancia de absolver por el razonamiento seguido en cuanto al análisis e interpretación de las voces de las niñas que fueron víctimas de los hechos, y de cómo había insistido en la insinuación relativa a que sus discursos habían sido inoculados por terceras personas, fundamentalmente por los mayores”, dijo este miércoles Nessier.

El fiscal Regional agregó que “acá el tribunal de alzada realizó un exhaustivo desarrollo del relato de cada una de las víctimas, cosa que el tribunal de baja instancia en alguna medida no había realizado, precisamente por entender que había habido o existido una inoculación, una sugestión, e incluso se habló de histeria colectiva en cuanto a cómo se habían desarrollado los acontecimientos y el anoticiamiento de cada uno de los hechos”.

Sin respecto por las infancias

Por su parte, la fiscal Moser Ferro señaló que en el juicio “no se respetaron ni se escucharon” as las víctimas. “Si ustedes hubieran visto las cámaras (Gesell, mediante la cual declaran los menores en una causa judicial) hubieran visto claramente que estos chicos sindicaban a una persona que los había tocado, que los había manoseado”.

Esto no se escuchó y se trató de buscar de alguna forma cuestiones vinculadas a que estos chicos estaban contaminados por el relato de los padres. Y justamente este fallo habla de la manipulación de pruebas por parte del Tribunal de primera instancia que manipulan las pruebas para desacreditar a los padres y para desacreditar a los chicos”, abundó la representantes del MPA.

Consultada acerca de los derechos de las víctimas, Moser Ferro afirmó que “no se respetaron. Desde un primer momento fui clara en que no se escuchó a los niños”.

Y agregó: “Ustedes tengan en cuenta que estos chicos y estas familias estuvieron totalmente destratadas durante todo este tiempo y señaladas de mentirosas. ¿Ustedes creen que una persona que hace una denuncia por abuso, una mujer que fue abusada y lo sostiene y llega hasta un juicio, lo hace simplemente porque tiene ganas y tolera toda esa situación? No es fácil. Te vuelven a preguntar, te vuelven a pedir información, te piden que vos vuelvas a revivir muchas veces, aunque sea revictimizante, pero llegar a un juicio implica eso. Por eso es una cuestión de las falsas denuncias que hay que tomarla con mucho cuidado”.

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