La jueza  de segunda instancia Georgina Depetris, resolvió que la investigación por la muerte de Gerardo Escobar continúe a cargo de la Justicia provincial, confirmando así la decisión de primera instancia del juez Luis María Caterina, quien había rechazado el pedido de la querella para que la causa pasara a la Justicia federal.

La resolución de la magistrada se fundó en lo debatido en las audiencias de primera instancia, teniendo en cuenta las pruebas y evidencias allí presentadas. Esto se debe a que en esta instancia no se puede presentar nuevas pruebas, aunque la parte acusatoria, debido a la investigación posterior a la resolución que se revisa, haya producido más prueba que complique la situación de los imputados.

La magistrada fundamentó su decisión basándose en el análisis de los elementos presentados por las partes acusatorias en primera instancia y llamó la atención a las mismas por no haberlo hecho en el momento adecuado. ya que la presentación en esta instancia vulnera el derecho de la doble instancia, derecho constitucional que asiste a los imputados.

Depetris consideró que en primera instancia no se daban los requisitos de sospecha razonable, ni indicios de que Gerardo Escobar hubiera estado privado de su libertad, requisito indispensable para la tipificación del delito que se pretende a los fines de declinar la competencia de la Justicia provincial.

En el debate de primera instancia, la fiscalía a cargo de la letrada Marisol Fabbro había imputado a los acusados, tres patovicas y dos policías, de “homicidio y encubrimiento agravado”, mientras que la querella a cargo de los abogados Guillermo Campana y Salvador Vera pedía que la causa pasara a la Justicia federal como “desaparición forzada de persona”, por considerar que la policía estaba implicada. Por no ver satisfecha su pretensión, la querella apeló la decisión del juez Luis María Caterina.

Durante la apelación la fiscalía intentó introducir nuevas pruebas y adherir al pedido de la querella pero la magistrada no hizo lugar a este pedido. Su decisión se fundamentó en que el tribunal de alzada debe limitarse a revisar estrictamente sobre lo que se decidió en primera instancia, no pudiendo debatirse otras cuestiones “diferentes y nuevas”. La magistrada consideró que “la fiscalía y la querella deberían efectuar un nuevo planteo ante el juez de primera instancia presentando las nuevas pruebas que dicen tener y que modificaría su posición inicial, a los fines de ser consideradas y debatidas por las partes y así obtener una nueva resolución”; de lo contrario se violarían las reglas del debido proceso, poniendo en riego el derecho a la defensa de los acusados.

En aquella ocasión, para el juez Luis María Caterina, y ahora para la Dra. Georgina De petris, con las pruebas presentadas en primera instancia no existen indicios para considerar el cambio de competencia para el debate, por lo tanto confirmó la resolución. por ende, las partes deberán presentar en primera instancia las nuevas pruebas producidas a los fines de obtener una nueva decisión al respecto.

Luego, llegó el turno de debatir la prisión preventiva de los imputados, debido a que se encuentran cumpliendo la medida, sin plazo y transcurridos tres meses de privación de la libertad la defensa de los imputados solicita se los libere de forma inmediata por considerar que no existen pruebas contundentes que los incrimine en la muerte de Gerardo Escobar.

Así, el defensor Igancio Carbone señaló que «la Fiscalía basa sus acusaciones en conjeturas porque las cámaras muestran claramente que sus defendidos vuelven al boliche momentos después de ocurrido el incidente en el que presuntamente habían golpeado a Escobar».

«Tampoco se puede establecer -continúa Carbone- las causas de muerte de Escobar, ya que la Fiscalía afirma que lo mataron a golpes pero el informe de autopsia determinó que murió por asfixia y y no presentaba fracturas ni hematomas en su cuerpo».

Por tal motivo, el defensor considera que «es inadmisible que se mantenga detenidos a mis defendidos cuando todavía no se puede establecer si se trató de un homicidio, un suicidio o un accidente».

Por ende, «si aún no se pudo determinar si existió el delito de homicidio, no se puede afirmar que hubo encubrimiento», además agregó el letrado que «los imputados se presentaron espontáneamente a declarar en la causa y entregaron sus teléfonos celulares voluntariamente para que sean peritados».

Por lo tanto, los defensores de los cinco imputados, solicitaron  a la jueza Georgina Depetris la inmediata libertad de sus pupilos.

Por su parte, la Fiscalía manifestó que «la nueva prueba recolectada en el curso de la investigación indica que existen pruebas positivas sobre la responsabilidad de los imputados en la muerte de Gerardo Escobar».

Asimismo, se pedirán estudios complementarios para determinar con mayor precisión en qué circunstancias ocurrió la muerte y además se convocó a una junta médica para que las partes evalúen en forma conjunta los informes de autopsia producidos».

En tanto, la querella acuerda con los postulados de la Fiscalía y adhiere al pedido de prisión preventiva sin plazo para los imputados.

Con todos estos elementos la jueza Georgina Depetris resolverá luego de un cuarto intermedio si los imputados en la causa que investiga la muerte de Gerardo Escobar siguen cumpliendo la prisión preventiva sin plazo o lo harán bajo la modalidad domiciliaria.