La jueza federal con competencia electoral, María Servini, declaró inconstitucional el decreto presidencial 45/2019, que admitía la posibilidad de votar por correspondencia para argentinos que residen en el extranjero, revelaron este jueves fuentes judiciales.

El fallo fue firmado el lunes 29 de abril pero se conoció hoy cuando la partes fueron notificadas por la justicia federal.

Un grupo de diputados nacionales, entre los que se encuentra Graciela Camaño y Cecilia Moreau, había solicitado a la justicia, a mediados de marzo, que declarara la «inconstitucionalidad» de la norma decretada por el Poder Ejecutivo el 11 de enero último.

«Habida cuenta de que el Código electoral argentino prevé una única manera de emitir el voto, esto es en forma presencial el día señalado para la elección en la convocatoria en el lugar de votación que corresponda al elector, la reforma que indebidamente se introduce por vía de un decreto que se pretexta reglamentario, nada tiene de tal sino que lisa y llanamente elimina, destruye lo que la ley estatuye», plantearon los legisladores en la denuncia.

Ante los argumentos de los denunciantes, la jueza nacional en lo Criminal y Correccional Federal 1 consideró inconstitucional el decreto del Ejecutivo y citó la norma constitucional que establece que «los proyectos de ley que modifiquen el régimen electoral y de partidos políticos deberán ser aprobados por mayoría absoluta del total de los miembros de las Cámaras».

En la presentación contra el 45/2019, se había denunciado que «el decreto incorpora modificaciones en punto al modo de verificar el escrutinio, estableciendo dos formas diferentes según el voto haya sido presencial o postal».