Este miércoles, la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Rosario emitió un fallo en el que se rechazan, por tres votos contra dos los recursos de inconstitucionalidad presentados por la Asociación Empleados de Comercio de Rosario, la provincia de Santa Fe y la Municipalidad de Rosario en relación a la Ley de Descanso Dominical, y contra la anterior resolución de la misma Cámara que había declarado la inconstitucionalidad de la ley provincial y la ordenanza municipal que la regulaba.

Esta resolución habilita a las cadenas Coto y Carrefour para abrir los domingos.

En diálogo con conclusión, Nicolás Mayoraz, letrado que representa a la entidad gremial, explicó los alcances de la resolución judicial y adelantó que «en los próximos días se presentará el recurso de queja ante la Corte Suprema de Justicia de la provincia».

«La Cámara debía resolver si elevaba o no el caso a la Corte Suprema, al decir que no va a elevarlo, las partes vamos a presentar el mismo planteo ante el máximo tribunal provincial en forma directa, por lo cual ya no va a estar «el filtro de la Cámara», sino que directamente ellos van a analizar la cuestión», explicó Mayoraz.

«Lamentablemente el fallo incurre en un vicio que es defender su propio fallo. porque la Cámara la tarea que tenía que hacer era simplemente analizar si había o no una cuestión constitucional y dejar que la Corte Provincial resuelva porque la Corte no es una tercera instancia donde uno puede ir porque no le gustó un fallo o no está de acuerdo. Para eso existen las otras instancias. La Corte es un recurso de excepción. que establece la ley. Es un análisis puramente formal y decide si procede o no procede, pero no se convierte en un juez de su propio fallo. La Cámara no tiene que decir acá me equivoqué o acá no me equivoqué. Eso es tarea de la Corte no de la Cámara. Y acá cometen el error de contestar y rebatir los argumentos cuando en realidad debieron analizar si había o no una cuestión constitucional, y la verdad es que es evidente que si la hay. Porque desde que está esta cuestión en el tapete lo que se está discutiendo es si la provincia tiene o no la facultad para legislar en esa materia, o sea que el planteo es constitucional desde el primer día, por lo cual el fallo es bastante criticable», detalló el letrado al respecto.

Además, Mayoraz señaló que ahora las partes disponen de tres días para presentar un recurso de queja ante la Corte Suprema, y afirmó que, efectivamente, esa será la próxima instancia.