Pedirán cuatro años de prisión y el pago de una multa de 3 millones 789 mil pesos a un policía provincial investigado por enriquecimiento ilícito. Así lo plantean los fiscales Ezequiel Hernández y Mariela Jiménez en la acusación que presentaron el pasado viernes en la Oficina de Gestión Judicial de los tribunales de Santa Fe.

El acusado es un suboficial de la fuerza, tiene 43 años, sus iniciales son OAC y también lo investiga la Justicia Federal. Es la primera investigación en la provincia por enriquecimiento ilícito de un policía que se encamina al juicio oral y público.

Los fiscales recordaron que “la investigación se inició a raíz de una denuncia anónima radicada en diciembre de 2013. Asuntos Internos recopiló información de los bienes y deudas del acusado, y le requirió que justifique la procedencia de los fondos que utilizó para incrementar su patrimonio”.

“Si bien hizo una presentación, la información que ofreció no le permitió justificar el aumento de su patrimonio. Además, sus afirmaciones no tuvieron relación con los datos de los registros públicos, y tampoco aportó documentación que pudiera dar sustento a sus dichos”, señalaron los fiscales.

Los funcionarios del MPA sostuvieron que “existían inconsistencias entre el nivel de ingresos del suboficial investigado y sus bienes y deudas”. Asimismo, añadieron que “de la investigación llevada a cabo se desprende que en los cinco años analizados pasaron por su patrimonio cuatro automóviles (uno de ellos de alta gama, marca BMW); dos camionetas 4×4; un cuatriciclo; una motocicleta; dos embarcaciones y un inmueble de 374 metros cuadrados ubicado en Sauce Viejo”, enumeraron los fiscales.

Desproporcionado

El monto que no pudo justificar el imputado asciende a 1.819.681 pesos, tal como se concluyó y luego ratificó un perito contable del MPA”, subrayaron Hernández y Jiménez.

“Estamos ante un incremento patrimonial apreciable y desproporcionado, que representa más del triple del total de los ingresos que percibió como funcionario policial durante los cinco años relevados”, hicieron hincapié los fiscales. En tal sentido, sintetizaron que “aun percibiendo el triple de lo que recibía en carácter de salario, no llega a justificar su incremento patrimonial”.

Por otra parte, Hernández y Jiménez informaron que “si bien el acusado estaba inscripto como monotributista para la venta de cosas muebles, durante los cinco años analizados no existen registros de facturación ante la AFIP de que hubiera realizado alguna compra o venta”.

Actualización

“Para calcular la actualización de la suma que solicitamos como multa al acusado, tuvimos en cuenta el índice de la Federación Argentina de Colegios de Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE) avalado por el Colegio Profesional de Ciencias Económicas (CPCE) de la provincia de Santa Fe”, explicaron los fiscales.

Los funcionarios agregaron que “según estas resoluciones, la serie de índices a utilizar es la resultante de combinar el Índice de Precios al Consumidor (IPC) del Instituto Nacional de Estadísticas y Censo (INDEC) con el Índice de Precios Mayoristas (IPIM) de la FACPCE”. En tal sentido, concluyeron que “según este análisis, el monto no justificado por el imputado, actualizado a enero de 2020, asciende a un total de $3.789.842,12”.

Origen de los fondos

“No puede dejar de mencionarse que resulta altamente probable que la proveniencia de los fondos injustificados sea el desarrollo de actividades ilícitas por parte del imputado”, remarcaron los fiscales. “Abona esta teoría que el policía investigado fue condenado por la autoría de tentativa de robo calificado, entre otros delitos. Asimismo, a raíz de información suministrada por el MPA, la Justicia Federal pudo investigarlo y procesarlo por delitos vinculados al narcotráfico”, destacaron los funcionarios del MPA

Los fiscales también señalaron que “de acuerdo a la evidencia obtenida, al inmueble de Sauce Viejo –respecto del cual no pudo acreditar el origen de los fondos para su adquisición–, el acusado se lo compró a otro hombre que también es investigado por la Justicia Federal por haber organizado actividades ilícitas de comercialización y transporte de estupefacientes”.

Acusación

La acusación es uno de los pasos procesales que llevan a cabo los fiscales y consiste en la presentación de un documento escrito en el que solicita la apertura del juicio oral y público contra la o las personas imputadas.

El escrito es presentado ante el juez de la Investigación Penal Preparatoria (IPP) y en él acompañan los fundamentos y un detalle de las evidencias del caso. Además, se informan los datos personales del imputado, los hechos ocurridos, la calificación legal y la pena solicitada.

Luego, la OGJ debe convocar a la denominada audiencia preliminar, en la que las partes (Fiscalía; Defensa; y Querella si la hubiere) discuten acerca de la acusación presentada y las evidencias que se ofrecerán en el juicio. Finalizada esta audiencia, el juez puede –en caso que lo considere conducente– disponer el auto de apertura a juicio, que permitirá el inicio del debate oral y público.