La Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Cámara de Diputados comenzará a analizar el próximo miércoles el proyecto de ley del Ejecutivo de creación del Programa de Generación y Fortalecimiento del Empleo Argentino «Empleo Mipyme», en una reunión a la que asistirán la ministra de Trabajo, Raquel Olmos, entre otros funcionarios nacionales.

La iniciativa enviada al Parlamento por el ministro de Economía, Sergio Massa, busca promover la condonación del 100% de los aportes patronales por 24 meses a las pequeñas y medianas empresas que incorporen nuevos trabajadores y la eximición del pago de deudas a aquellas que regularicen a trabajadores no registrados.

La comisión que preside el oficialista Carlos Heller iniciará de esta manera un debate al que se sumarán luego otras reuniones en la que el oficialismo buscará los consensos para emitir dictamen de mayoría.

El envío al Congreso del proyecto de 21 artículos, que ingresó ayer a la Cámara de Diputados, fue anunciado el miércoles a la noche por Massa y contempla «ventajas económicas» para las pyme que impulsen el empleo registrado y joven, ya que se incluirá en la reducción de contribuciones patronales las contrataciones de jóvenes de entre 18 y 25 años.

Entre sus objetivos, el programa incluye la incorporación al mercado de trabajo formal de quiénes actualmente perciben programas sociales, planes y prestaciones de la seguridad social «para transformarlos en trabajo formal y de calidad».

«Por 12 meses, el trabajador o trabajadora que tenga el plan y entre al mercado de trabajo va a seguir cobrando el salario social complementario y el empleador completará el salario», señaló el ministro, que destacó que quiénes ingresen tendrán «ART y obra social».

Asimismo, el proyecto establece que podrán acceder a este mecanismo los trabajadores de cooperativas municipales y de organizaciones sociales y de la sociedad civil.

El beneficio se concede «por un plazo de 24 meses contados a partir del inicio de la relación laboral, inclusive, y la magnitud de la reducción varía en función del tamaño de la persona empleadora y del hecho de que el trabajador o la trabajadora haya sido o no beneficiario o beneficiaria de ciertos programas sociales y de empleo».

Asimismo, contempla un esquema de regularización de situaciones laborales no registradas, que permite el goce de ciertos beneficios para que las pymes regularicen relaciones laborales vigentes del sector privado iniciadas con anterioridad a la fecha en que se promulgue la ley.

La empresa «podrá rectificar la real remuneración o la real fecha de inicio de la relación laboral» con los siguientes beneficios: queda liberado de sanciones penales y reduce conflictos judiciales; puede subsanar la baja del registro de empleadores con sanciones laborales (Repsal); accede a condonación de deuda por capital, intereses y multas por los trabajadores que regularicen».

A su vez, el trabajador no perderá aportes, ya que el Estado le computará los aportes no ingresados por los empleadores por hasta 70 meses.

Para el caso de ambos beneficios, las pymes no podrán reducir la nómina laboral y no podrán tener ningún trabajador no registrado.

El régimen comprende a los empleadores y empleadoras que encuadren y se encuentren inscriptos como micro, pequeñas o medianas empresas o entidades sin fines de lucro, «cuyo objeto exclusivo sea la prestación de servicios sociales gratuitos, debiendo regularizarse las relaciones laborales dentro de los 90 días corridos, contados desde la fecha de entrada en vigencia de la Reglamentación de la ley».

En las micro, pequeña o mediana empresas o de una entidad sin fines de lucro «que contrate trabajadores o trabajadoras que no gocen de programas sociales y de empleo nacionales que otorguen prestaciones dinerarias, se establece una reducción de 100% de las contribuciones patronales».

Para los demás empleadores o empleadoras del sector privado «que contraten trabajadores o trabajadoras que no gocen de programas sociales y de empleo nacionales que otorguen prestaciones dinerarias: los primeros 12 meses, una reducción de 50% de las contribuciones patronales y los segundos 12 meses, una reducción de 25% de las contribuciones patronales».