La Secretaría de Energía incorporó a los clubes de barrio y de pueblo al Régimen Tarifario Específico para Entidades de Bien Público, a través de la resolución 95/2023 publicada en el Boletín Oficial.

La misma otorga a los clubes de barrio y de pueblo un tratamiento tarifario equivalente al que obtienen las entidades de bien público para el pago de los servicios públicos.

La Ley 27.218 estableció un Régimen Tarifario Específico para Entidades de Bien Público, pero excluyó del mismo a las entidades que encuadren en el Régimen de Promoción de los Clubes de Barrio y de Pueblo.

Estos gozaban hasta ahora de una bonificación del 45% en los valores de los servicios.

Sin embargo, la normativa actual los incorpora y además crea el Registro de Beneficiarios – Clubes de Barrio.

A partir de esto, clubes de barrio y de pueblo pagarán tarifas máximas equivalentes a las correspondientes a la categoría residencial.

La resolución destacó que estas organizaciones «cumplen un rol fundamental en la sociedad en el desarrollo de actividades deportivas no profesionales en todas sus modalidades y que suelen facilitar sus instalaciones para la educación no formal, el fomento cultural de todos sus asociados y la comunidad a la que pertenecen».

Por lo cual, consideró que «corresponde que, en lo que respecta al beneficio tarifario se los equipare al que recibe el resto de las entidades de bien público».