Por Bárbara Schargrodsky *

El gobierno prorrogó hasta fin de año, la suspensión de la movilidad de los jubilados y los aumentos de septiembre y diciembre, serán por decreto como lo fueron en los meses de marzo y junio.

En diciembre de 2019, a pocos días de asumir la presidencia Alberto Fernández, se dictó la Ley Nº 27541 de “Solidaridad social y reactivación productiva en el marco de la emergencia pública”, en la cual en su art. 55 se suspendió por 180 días el aumento de la movilidad para los jubilados con la ley vigente. Posteriormente fue dictado el Decreto 163/20 otorgando un aumento en el mes de marzo a todos los jubilados del 2,3 % con más una cifra fija de $ 1500. Este aumento así dispuesto generó que millones de jubilados cobraran más de lo que les hubiera correspondido por la ley de movilidad suspendida, como así también, que una gran cantidad de jubilados vieran reducido su aumento del mes de marzo, situación que se profundizó en la medida en que el haber del jubilado fuera más alto. Asimismo, para el aumento de junio se dictó el Decreto Nº 495/20 ya con un aumento unificado para todos los jubilados siendo el mismo de 6,12 % sin distinción en cuanto al ingreso mensual del jubilado.

Así, la suba en el primer semestre fue entre el 10 y el 19,9%, cuando de acuerdo a la ley de movilidad suspendida, les hubiera correspondido un 23, 72%, para todos los jubilados del régimen general.

El actual presidente manifestó en declaraciones que la decisión de suspender la ley de movilidad fue tomada debido a la gravedad de la situación económica del país al asumir su mandato, y a la imposibilidad de afrontar el pago de la movilidad con la fórmula establecida en la ley dictada en la gestión del ex presidente Mauricia Macri, situación que se agudizó aún más debido a la pandemia que está azotando a todo el mundo, incluyéndonos.

La ley 27426, de diciembre de 2017 de movilidad (hoy suspendida) que estableció Mauricio Macri, introdujo como variable de ajuste para actualizar los beneficios previsionales, una nueva fórmula incorporando 70 % de inflación y 30 % Ripte. Esto es, se suman las variables en sus proporciones de un trimestre, y a los seis meses, ese promedio impacta en las jubilaciones, o sea que hay un rezago de seis meses hasta que el jubilado ve el aumento en su haber. El año 2019 arrojó una inflación del 53,8 %, por lo que el ajuste de marzo y junio de 2020, debió ser conforme a la inflación de 2019.

Si bien esta fórmula, puede cuestionarse o considerarse como una opción, ya que el índice de precios o la combinación de índices (inflación más Ripte) es utilizado como variable en muchos países, es una formula imposible de sostener en un país como el nuestro con la inestabilidad económica en la cual estamos sumergidos desde hace tantos años, siendo insostenible para las arcas del estado.

Ahora, también es cierto que conjuntamente con la suspensión de la ley de movilidad, se dictaron una cantidad de medidas que beneficiaron a millones de jubilados, en los meses de diciembre y enero se otorgó un bono de $ 5000, en abril se otorgó un bono de $ 3000, se amplió la cobertura de medicamentos gratuitos para el total de jubilados, reemplazando un criterio económico, por uno netamente sanitario. A estas medidas, se suma que en todos estos meses, no se están realizando los descuentos a los jubilados que tienen un préstamo con Anses y entre otras medidas, en el marco de la emergencia, se congelaron las tarifas en cable, telefonía celular, telefonía fija, internet, agua, luz, gas y se prohibió a las empresas prestadoras de servicios el corte de suministro por falta de pago.

La suspensión de la movilidad es una medida transitoria, de emergencia y de excepción que esperemos finalice lo antes posible, y se dicte una ley de movilidad que realmente dé certidumbre y previsión. Pensar que aquí radica el problema es no mirar la realidad que enfrentan los jubilados desde hace muchos años quienes vienen siendo rehenes de políticas improvisadas y medidas intempestivas que generan desigualdad y pérdida de derechos, provocando el inicio de una batería de juicios contra el Estado pero básicamente, el descrédito de un sistema. Para que haya una cobertura sustentable, inclusiva y sostenible en el tiempo, es momento que de una vez por todas, se haga un cambio estructural en el sistema previsional, básicamente integrando dos pilares, una reestructuración en materia laboral, propiciando generación de empleo y una reforma en materia tributaria. Es el único camino que nos llevará a un sistema previsible y a una sociedad más justa.

*Abogada especialista en derecho previsional.