Este jueves se formalizó el lanzamiento de la línea de créditos de hasta $400.000 para trabajadores que no pagan Impuestos a las Ganancias. Los mismos ostentan hasta 48 meses de plazo y una tasa de interés subsidiada a la mitad de lo que se abona en el mercado y son parte del paquete de medidas económicas anunciadas por el ministro de Economía, Sergio Massa, para paliar los efectos de la inflación y la devaluación. ¿Quiénes y como podrán acceder a los mismos? En esta nota, te damos todos los detalles.

De acuerdo al decreto 463/2023 pubicado en Boletín Oficial, la línea crediticia tiene una Tasa Nominal Anual subsidiada al 50%, con tres meses de gracia y se podrá devolver en 14, 36 o 48 cuotas. Es la primera vez que trabajadores activos pueden beneficiarse con créditos de Anses.

Según argumenta el decreto, esto permitirá contribuir al «circulo virtuoso de la economía» impulsando al consumo y atenuará la evolución negativa de variables económicas y sociales», aliviando «el actual contexto económico desafiante que afecta sensiblemente» a los trabajadores.

Los préstamos serán financiados a partir de los fondos que posee la Anses: es por ello que el decreto publicado hoy modifica un artículo de la Ley 24.241 del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) en lo que respecta a las inversiones del Fondo de Garantía de Sustentabilidad (FGS).

Dicha ley, con sus modificaciones, ya preveía el otorgamiento de financiamiento a los beneficiarios del sistema previsional, pudiéndose utilizar hasta un 20% de los activos totales del fondo. El decreto añade como beneficiarios de dicho financiamiento también a los aportantes del sistema, pudiéndose utilizar a tal efecto hasta un 5% de los activos totales del FGS. Para la nueva línea se destinarán $ 450.000 millones, pudiéndose ampliar este monto posteriormente por parte del Poder Ejecutivo.

¿Cuáles son los requisitos?

  • Los créditos estarán disponibles para trabajadores cuya remuneración no esté alcanzada por el Imupuesto a las Ganancias y que tenga una antigüedad laboral en el mismo empleo que supere los seis meses.
  • A la fecha de finalización del pago del préstamo, los tomadores no deben superar la edad legal de jubilación.
  • Deben residir en Argentina en forma permanente.
  • No deben encontrarse en lista de deudores.
  • No debe ser beneficiario de jubilación y/o pensión con línea de Crédito vigente dentro del PROGRAMA “CRÉDITOS ANSES”.
  • Debe ser titular de una tarjeta de crédito de un Banco que opere en el país y en el que perciba su remuneración mensual.

¿Qué más hay que saber si o sí?

  • El monto máximo será de $ 400.000, aunque, en todos los casos, la relación cuota-ingreso del crédito otorgado no puede superar el 20% del salario mensual.
  • Los tomadores no podrán acceder al mercado de cambios para comprar divisas hasta la cancelación del crédito, lo cual será complementado por normas aclaratorias de otros organismos, como el Banco Central.
  • El dinero se acreditará en la tarjeta de crédito del trabajador del banco en el que percibe el salario.
  • El crédito tiene un período de gracia de tres meses, que se cuentan en función del día de cobro del salario del trabajador. En caso de que se cambie de cuenta bancaria, se deberá informar a la Anses los datos de la nueva cuenta donde se realizarán los débitos de las cuotas pendientes.
  • En caso de mora, el organismo previsional queda facultado para debitar todo importe adeudado de las cuentas bancarias que posea el tomador.

De todos modos, los montos utilizados del FGS en el financiamiento de esta línea de crédito están garantizados, en caso de incumplimientos de pagos, por el Fondo de Garantías Argentino (Fogar) en hasta 100% del capital del préstamo, y sus intereses con un límite máximo a pagar de hasta el 10% del saldo vivo de los créditos movilizados.