El Ministerio de Economía dispuso este martes que los empleados en relación de dependencia que ganen hasta $500 mil no pagarán el impuesto a las Ganancias, a partir de la aplicación de la fórmula que fija el monto disponible. Por lo tanto, no corresponderá retención alguna del tributo cuando la remuneración bruta no supere los $506.230, inclusive.

El Palacio de Hacienda además indicó, que «en aquellos meses en que la remuneración bruta del mes supere los $506.230 y resulte inferior o igual a $583.851, los agentes de retención computarán una deducción especial incrementada».

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«En esta línea, la propuesta aplicable a partir de mayo de 2023 está vinculada a la variación de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) del 25,29% entre octubre de 2022 y febrero de 2023 (último dato publicado)», añadió el Palacio de Hacienda.

Actualmente y desde enero de 2023, no pagan el Impuesto a las Ganancias las remuneraciones brutas mensuales que no superen los $404.062, inclusive.

También, en aquellos meses en que la remuneración bruta del mes que supere los $404.062 y resulte inferior o igual a $466.017, los agentes de retención computarán, en el mes que se liquida, una deducción especial incrementada.

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El Ministerio de Economía detalló a cuántos empleados, por provincia, incluye esta medida:

  • Buenos Aires: 112.267.
  • Ciudad de Buenos Aires: 31.094.
  • Catamarca: 1.814.
  • Chaco: 2.034.
  • Chubut: 4.879.
  • Córdoba: 20.311.
  • Corrientes: 2.999.
  • Entre Ríos: 6.349.
  • Formosa: 2.079.
  • Jujuy: 2.267.
  • La Pampa: 3.047.
  • La Rioja: 1.489.
  • Mendoza: 8.977.
  • Misiones: 3.414.
  • Neuquén: 5.295.
  • Río Negro: 4.383.
  • Salta: 3.060.
  • San Juan: 2.987.
  • San Luis: 2.615.
  • Santa Cruz: 1.562.
  • Santa Fe: 19.309.
  • Santiago del Estero: 1.833.
  • Tucumán: 5.936.