El presidente de la Nación Alberto Fernández, resolvió por decreto -ante la caída de la recaudación- que la Nación saldrá en auxilio de las provincias y destinará un fondo de emergencia de 120 mil millones de pesos. El objetivo del Gobierno es atenuar el impacto del aislamiento social obligatorio más allá de las actividades que ya fueron exceptuadas como comercio exterior, la obra privada de infraestructura energética, además de las vinculadas con la producción, distribución y comercialización forestal y minera, entre otras. Los fondos se distribuirán conforme a los porcentajes previstos en la ley de coparticipación y también a través de préstamos puntuales que solicite cada gobernador. De ese monto, 60 mil millones de pesos se distribuirán en forma directa a través de los Aportes del Tesoro de la Nación, que es una herramienta del Ministerio del Interior, en tanto los 60 mil millones restantes se otorgarán desde el Fondo Fiduciario de Desarrollo Provincial mediante créditos preferenciales con tasas de a bajo interés y un plazo de gracia hasta el 31 de diciembre.

El Ministerio del Interior asignará el aporte correspondiente a cada jurisdicción participante, el que será distribuido en cuotas, de acuerdo con los criterios que al efecto se establezcan.

El Poder Ejecutivo estableció también que el Estado Nacional transferirá al Fondo Fiduciario para el Desarrollo Provincial otros 60 mil millones de pesos, con el fin de que éste asista a las jurisdicciones provinciales que lo soliciten mediante el otorgamiento de préstamos.

Los préstamos a otorgar por ese Fondo Fiduciario deberán ser reembolsados en 36 cuotas mensuales, iguales y consecutivas, con un interés del 0,10% nominal anual y se calculará sobre el capital ajustado por el Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER) que elabora el Banco Central.

Los intereses devengados desde cada desembolso se capitalizarán hasta el 31 de diciembre próximo.

Para asegurar el cumplimiento de las obligaciones de reembolso, de los intereses que devengue y de las penalidades que prevea el Convenio Bilateral, cada provincia cederá en garantía las sumas que le corresponda percibir por el Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos.

En tanto, el Fondo Fiduciario deberá restituir al Estado Nacional la suma equivalente a los préstamos que haya otorgado, transfiriéndole los reembolsos que hagan efectivo las jurisdicciones participantes del Programa.

Los Ministerios del Interior y el de Economía deberán, ahora, dictar las normas interpretativas, aclaratorias y complementarias a que diera lugar el decreto publicado este jueves.

Además, el Ministerio de Economía quedó facultado para realizar todas las adecuaciones y modificaciones necesarias al Presupuesto del Fondo Fiduciario para el Desarrollo Provincial.

La Casa Rosada justificó esta medida al señalar que la crisis sanitaria y social «impacta sobre el normal funcionamiento de las administraciones provinciales, que se ven en la necesidad de atender mayores demandas de gastos en un contexto de caída de la recaudación de tributos nacionales y provinciales».

«Esta situación exige extremar esfuerzos para enfrentar la emergencia sanitaria y paliar los efectos de las medidas restrictivas dispuestas, que afectan el consumo, la producción, la prestación de servicios y la actividad comercial, con la consecuente disminución de la recaudación tributaria», añadió.

Y consideró también que se suma el peso de los servicios de la deuda que, en algunas provincias, «problemas financieros que dificultan el normal cumplimiento de sus compromisos».