Por Aldo Battisacco desde Buenos Aires (Enviado especial)

El abogado especialista en Derecho de la Seguridad Social, Facundo Fernández Pastór señaló que este jueves, el diario La Nación, publicó que la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) tratará el Recurso Extraordinario Federal, para que «se aplique la movilidad que el Congreso estableció en la Ley 27.260, conocida como “Programa de Reparación Histórica para Jubilados y Pensionados” a quienes rechazaron ingresar en él, pretendiendo que se les reconociera el ciento por ciento de su crédito».

En diálogo con Conclusión, el doctor Facundo Fernández Pastor, dijo que el gobierno de Cambiemos, busca con la complicidad de los Ministros de la Corte Suprema, o por lo menos con la mayoría de ellos, cambiar la jurisprudencia sentada en los fallos “Sánchez”, “Badaro” y “Eliff”».

Para el profesional, se esta buscando «compeler a los jubilados y pensionados que no aceptaron ingresar al Programa de Reparación Histórica, porque decidieron cobrar el ciento por ciento de su crédito, a que tengan que aceptar las quitas que establece la Ley 27.260. O sea, que cobren un 40% de su haber reliquidado y, en el mejor de los casos,también un 40% del retroactivo».

«En síntesis, le van a robar el 60% de sus haberes y retroactivos, así de simple. Van a ser el 2×1 para los jubilados», afirmó el abogado especialista en Derecho de la Seguridad Social.

Consultado acerca de cual es el móvil que persigue el Ejecutivo con esta maniobra, Fernandez Pastor, explicó que «el ardid del gobierno de Cambiemos se puede llevarse a cabo, si la mayoría de los Ministros del Máximo Tribunal acuerdan violar de manera flagrante los derechos y garantías consagrados en las leyes y la Constitución».

Y añadió; «Que todo esto es al único efecto que los gobernantes ahorren recursos del Estado destinados al subsistema previsional, específicamente destinados al pago de sentencias judiciales en la ley de presupuesto».

Peguntado si esto es contrario a derecho, el especialista en Seguridad Social respondió que «la maniobra no sólo es ilegal, sino inmoral y no perjudicaría sólo a los más de trescientos mil jubilados y pensionados que tienen juicios pendientes por ante la Justicia Federal de la Seguridad Social».

Peor aún, resultaron las afirmaciones de Fernández Pastor al momento de ampliar y precisar que esta decisión del máximo tribunal de justicia «sentaría un terrible precedente en materia de aplicación retroactiva de las normas vinculadas a la seguridad social», porque «es importante destacar que el máximo tribunal siempre ha rechazado, sobre todo en los casos en que por ese mismo camino se buscó quitarle privilegios a la Ley 24.018 por la que el Poder Judicial obtiene sus beneficios, como su derogación en el año 2002, la aplicación del impuesto a las ganancias por la Ley 24.631, ocasionando deducciones a sus haberes de pasividad mediante el Art. 9 Ley 24.476».

Finalmente, Facundo Fernández Pastor refirió que «permitir la retroactividad de los índices de movilidad establecidos por Ley 27.260 en los casos de los jubilados y pensionados por las leyes del régimen general de jubilaciones, habiendo declarado la inaplicabilidad de las leyes que afectaban sus intereses por la misma razón, lo que estaría haciendo la corporación judicial -una vez más-  es mostrarle a la sociedad, que la única justicia a la que rinden cuentas es a la de los poderosos», concluyó.