“Modernización” de la Policía Federal: podrá revisar redes sociales sin autorización y detener por falta de DNI
El Gobierno publicó el decreto de “modernización” de la PFA, que le otorga nuevas facultades como acceder a bases de datos públicas y privadas, requisar sin autorización judicial y espiar redes sociales.
- Política
- Jun 17, 2025
El Poder Ejecutivo aprobó este martes el nuevo Estatuto de la Policía Federal Argentina mediante el Decreto 383/2025, en el marco de un proceso de reforma institucional que redefine la misión de la fuerza y lanza un programa integral de “modernización”. La medida establece un cambio profundo en el rol operativo de la Policía Federal, que pasará a concentrarse en la investigación de delitos federales y complejos, dejando atrás su tradicional presencia en tareas de seguridad urbana, en especial dentro de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA).
El decreto crea el Programa Presupuestario “Modernización de la Policía Federal Argentina”, bajo la órbita del Ministerio de Seguridad, que será financiado parcialmente con la reducción progresiva del ingreso de nuevos suboficiales. La ministra Patricia Bullrich sostuvo que esta transformación busca “una fuerza ágil, inteligente y profesional”, alineada con estándares internacionales.
El presidente Javier Milei encabezará esta tarde, a las 15, el anuncio oficial junto a Bullrich en la sede del Cuerpo de Policía Montada de la Policía Federal, bajo el lema “Hacia una PFA moderna y orientada a la investigación”.
Sin embargo, en el anexo del decreto, en el que se establecen nuevas funciones de la PFA, la modernización anunciada se parece más a dotar a la fuerza de capacidades de espionaje hasta hora limitadas por la Ley Nacional de Inteligencia.
Espionaje
El artículo 6º del anexo define que “son facultades de la Policía Federal Argentina para el cumplimiento de sus funciones” una serie de ítems. El punto 4º, por caso, faculta a la fuerza de seguridad a “efectuar análisis criminal, de políticas de seguridad y de operatoria policial, lo cual no se encontrará alcanzado por la Ley de Inteligencia Nacional N° 25.520 y sus modificaciones, salvo disposición expresa de la autoridad competente”. Es decir, hacer espionaje.
Anexo decreto PFA by Conclusión Diario Digital
Con el mismo fin, en el punto 5 el personal de la PFA que facultado a “tener acceso a información y bases de datos públicas con el fin de llevar adelante, de manera justificada, tareas de investigación o de inteligencia criminal. A su vez, podrá solicitar el acceso a bases privadas. En ambos casos, deberán cumplir con la normativa de protección de datos personales”.
También le devuelve la función de detener a personas por “portación de cara”, como hizo el gobernador santafesino Maximiliano Pullaro -con aprobación de la Legislatura provincial en diciembre de 2023- con la policía local. Dice el punto 7 del artículo 6ª del anexo: “Fuera de los casos establecidos en los Códigos Procesales Penales y demás legislación vigente, no podrá detener a las personas sin orden de juez competente. Sin embargo, si existiesen circunstancias debidamente fundadas que hagan presumir que alguien hubiese cometido o pudiere cometer algún hecho delictivo y no acreditase fehacientemente su identidad, podrá ser conducido a la dependencia policial que correspondiese, con noticia al juez con competencia de turno y demorada por el tiempo mínimo necesario para establecer su identidad, el que en ningún caso podrá exceder de 10 horas”.
Como contrapeso, establece que “se le permitirá comunicarse en forma inmediata con un familiar o persona de su confianza con el fin de informarle su situación. Las personas demoradas para su identificación no podrán ser alojadas junto ni en los lugares destinados a los detenidos por delitos o contravenciones”, cosa que en los hechos a veces termina sucediendo.
Mirar las redes sociales
La “modernización” también permite a la PFA a espiar redes sociales sin autorización de un juez que dirija una investigación formal. “Realizar, sin necesidad de autorización judicial, tareas de prevención del delito en espacios públicos digitales, tales como redes sociales abiertas, sitios web públicos y otras fuentes abiertas, conforme a las pautas y principios rectores dictados para dichas actividades por la autoridad competente”.

Agrega que “estas tareas de prevención del delito deberán respetar la protección de los datos personales, la libertad de expresión, la intimidad y la privacidad de las personas”.
El nuevo estatuto de la Policía Federal habilita a su personal a “realizar requisas personales con orden judicial, conforme con lo establecido por la normativa procesal y demás legislación vigente”, pero también podrá hacerlas a ojo.
“Sin dicha orden, podrá hacerlo respecto de personas, inspeccionando los efectos que lleven consigo, así como el interior de los vehículos, aeronaves y embarcaciones de cualquier clase, ante la concurrencia de los siguientes supuestos:
a. Que existan circunstancias previas que razonable y objetivamente permitan presumir que se ocultan cosas relacionadas con un delito.
b. Que no fuere posible esperar la orden judicial ante el peligro cierto de que desaparezcan las pruebas que se intentan incautar.
c. Que se practique en la vía pública o en lugares de acceso público y en el marco de operativos de prevención.
d. En los demás casos que prevea la legislación vigente.

