El Gobierno nacional estableció este lunes, a través de un decreto publicado en el Boletín Oficial, que las mujeres podrán sumar de uno a tres años de servicios computables para su jubilación por cada hijo, tal como lo había anunciado la semana pasada el presidente Alberto Fernández.

A través del Decreto 475/21 publicado este lunes en el Boletín Oficial, que incorpora artículos a la ley 24.241, que rige el sistema de jubilaciones y pensiones, se dispone que “al único fin de acreditar el mínimo de servicios necesarios para el logro de la Prestación Básica Universal (PBU), las mujeres y/o personas gestantes podrán computar un año de servicio por cada hijo y/o hija que haya nacido con vida”.

Asimismo, la norma aclara también que “en caso de adopción de personas menores de edad, la mujer adoptante computará dos años de servicios por cada hijo y/o hija adoptado y/o adoptada”.

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El decreto establece asimismo que “se reconocerá un año de servicio adicional por cada hijo y/o hija con discapacidad, que haya nacido con vida o haya sido adoptado y/o adoptada que sea menor de edad”.

La norma extiende el beneficio a “aquellas personas que hayan accedido a la Asignación Universal por Hijo para Protección Social por el período de, al menos, doce meses continuos o discontinuos”, quienes “podrán computar, además, otros dos años adicionales de servicio por cada hijo y/o hija que haya nacido con vida o haya sido adoptado y/o adoptada que sea menor de edad, en la medida en que por este se haya computado el tiempo previsto en el presente apartado”.

En otro articulo que se suma a la ley de jubilaciones, se incluye el período de licencia por maternidad para el cómputo de “las prestaciones de retiro transitorio por invalidez o de la pensión por fallecimiento del afiliado o de la afiliada en actividad».

Asimismo, en el decreto se aclara que los beneficios regirán “sólo para las prestaciones que se soliciten a partir de la vigencia del mismo”.

El decreto entra en vigencia desde hoy y cuenta con la firma del presidente Alberto Fernández y todos los ministros del gabinete nacional.

El Decreto 475/21 publicado en la edición de hoy del Boletín Oficial lleva la firma del presidente Alberto Fernández; el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero; y todos los ministros y ministras que integran el Gabinete nacional.

Un avance necesario

En los considerandos del decreto, el Gobierno recordó las experiencias de la inclusión previsional de los años 2005 y 2014, que generaron un proceso virtuoso de extensión de ese derecho que hoy -según se expuso en el Boletín Oficial- sigue alcanzando a más de 3,6 millones de personas mayores.

Dichas medidas tuvieron un importantísimo efecto de género. Según los registros de la Seguridad Social, hasta hoy, el 74% de las prestaciones que fueron obtenidas por moratoria corresponden a mujeres, «dejando en evidencia la necesidad de implementar políticas con perspectiva de género para revertir las brechas en el acceso al derecho a la seguridad social».

El Poder Ejecutivo destacó también que en la gran mayoría de los casos, para estas mujeres la inclusión previsional representó la oportunidad de acceder, por primera vez en su vida, a ingresos estables e independientes de su situación conyugal y les otorgó autonomía económica.

De acuerdo a lo que surge de los datos estadísticos y administrativos, a partir del nacimiento del primer hijo o de la primera hija, y con más claridad a medida que se incorporan más nacimientos, es menor la densidad de aportes previsionales que registran las mujeres, resultando ejemplificativo el hecho de que en marzo de 2021 había activos 3,6 millones de beneficios de moratorias, de los cuales 2,7 millones tenían titularidad femenina.

En el año 2013 se realizó en la Argentina la Encuesta sobre Trabajo No Remunerado y Uso del Tiempo, a cargo del Indec, que verificó que las mujeres realizan el 76% de las tareas domésticas no remuneradas y el 89% emplean al menos 6,4 horas al día en estas actividades.