JUEVES, 09 DE JUL.

Prohíben que Patricia Bullrich esté a cargo del operativo de seguridad de la próxima marcha de jubilados

Se trata de una resolución judicial, tras la presentación de varios amparos para "evitar la participación de las fuerzas federales". El juez Roberto Gallardo ordenó al Gobierno de la Ciudad y a su alcalde, Jorge Macri, que se "abstenga" de validar la intervención de fuerzas de seguridad nacionales, por fuera de los ámbitos establecidos en la Ley de Seguridad Interior, "en detrimento de la autonomía local y del rol de la Policía de la Ciudad". 

 

Un fallo judicial ordenó que Patricia Bullrich se abstenga de intervenir en el operativo policial del próximo miércoles, cuando los jubilados vuelvan a las calles para la protesta que realizan semana a semana, frente al Congreso, pidiendo por medicamentos y actualización de jubilaciones y pensiones.

La decisión es del juez porteño Roberto Gallardo, a cabo del Juzgado de 1ª Instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario Nº2 de la Ciudad de Buenos Aires, luego de que diversos gremios y organizaciones presentaran recursos de amparo «para evitar la participación de las fuerza federales».

En la resolución, el magistrado ordenó al Gobierno de la Ciudad y a su alcalde, Jorge Macri, que se «abstenga» de validar la intervención de fuerzas de seguridad nacionales, por fuera de los ámbitos establecidos en la Ley de Seguridad Interior, «en detrimento de la autonomía local y del rol de la Policía de la Ciudad». 

De esa manera, Gallardo sentenció que sea la administración de Macri la que quede a cargo del operativo de seguridad de este miércoles 9 que, a su vez, confluirá con la movilización del paro general, propuesto por la CGT, dónde los gremios que la componen confirmaron su adherencia a la manifestación de los jubilados.

Por otra parte, se ordenó que se garantice «la libre circulación, la libertad de expresión y la seguridad de los habitantes» en el ámbito porteño, coordinando un operativo de seguridad que deje “sin efecto toda medida que altere, restrinja o vulnere el derecho de reunión, el derecho a la protesta y a la libertad de expresión” y que se “delimite en forma previa y concreta los denominados ‘objetivos federales’ cuya custodia estará a cargo de las fuerzas federales, restringiendo su jurisdicción al cuidado de los mismos y no al ejido urbano circundante”.

A través del fallo, Gallardo aseguró que «no se trata de un planteo abstracto ni de una mera pretensión de control institucional, sino de una solicitud concreta de tutela judicial urgente frente a un riesgo cierto y razonablemente previsible, vinculado a derechos fundamentales» de las personas que asistan a la marcha».

«El riesgo invocado (lesión a la integridad física, a la libertad de expresión y al derecho de reunión, sopesado en la opresión de la autonomía de la Ciudad) no es meramente conjetural ni hipotético, sino que encuentra sustento en hechos pasados verificables y presumiblemente futuros”, concluyó.

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