Por Florencia Vizzi

«Te felicitamos por ser un niño tan valiente y animarte a decir lo que sentís, y por tener tanto amor en tu corazón, que en vez de elegir a un solo papá, dejaste al que estaba y agregaste a uno más». Así escribió la jueza Marisa Malvestiti, en una carta que dirigió al niño de 9 años que, a partir de ahora, y gracias a su intervención judicial, llevará dos apellidos paternos además del materno.

La misiva fue plasmada en los párrafos finales del fallo, en el que decidió no aplicar el artículo 558 del Código Civil y Comercial, (que establece que ninguna persona puede tener más de dos vínculos filiales) y en el que trató de priorizar el derecho a la identidad del niño, sus vínculos socioafectivos y la construcción de los mismos y, sobre todo, el amor que se evidencia en esas personas que quieren cuidar de él.

El pequeño en cuestión fue fruto de una relación extramatrimonial. Hace dos años la madre le contó sus dudas al padre biológico quien, tras las pruebas de ADN positivas, inició una acción legal para reconocerlo legalmente y ponerle su apellido.

Durante el proceso judicial, la magistrada, titular del juzgado de familia de San Cristóbal, escuchó las voces del padre biológico, del padre de crianza y del chico. Y entendió que, ante la compleja situación, cada uno expresaba el deseo de vincularse desde el amor y el cuidado.

«El amor familiar, el amor que cimenta y construye los vínculos y lazos más allá del parentesco sanguíneo, no puede ser encasillado, encorsetado, en la letra fría y textual de una norma que -entiendo-, ofrece un estándar mínimo, pero no único para la vida de las personas y sus múltiples posibilidades de formar sistemas familiares», señala la magistrada en el texto.

El amor ante todo

En el fallo, Malvestiti deja asentado que el pequeño manifestó querer sostener un vínculo con los dos hombres y también con las familias.

Cuando habló con él sobre su papá socioafectivo y el apellido que tenía, manifestó: “… me gustaría seguir con el apellido que tengo (C.I.). A A.C. lo sigo viendo en la casa de mi abuela, la mamá de A., que se llama M., y para mí es mi abuela. La sigo visitando, mi mamá está de acuerdo. Me siento bien viendo a A., para mí es mi papá. Le sigo diciendo papá, él está contento con eso. Yo lo sigo queriendo igual. A R. lo conocí a los 7 años. A veces lo veo de mi abuelo, el papa de R. Se llama R., y la mamá se llama M»…

Tras escuchar al pequeño, fue el turno de ambos padres, que repetidamente señalaron querer lo mejor para él y se comprometieron a respetar sus decisiones y a pasar tiempo con él, tratando de aportar en todo lo que necesite.

En ese sentido, la resolución de Malvestiti destaca y valora, ante todo, la preocupación sincera de todos los adultos para tomar la decisiones correctas en función del bienestar del chico.

«Durante la celebración de dicha audiencia, pude advertir la genuina preocupación y el sincero amor que tanto la mamá como el papá biológico y el papá socioafectivo sienten hacia A., sus deseos de apoyarlo en la decisión que ha tomado, en acompañar, involucrarse y estar presentes a lo largo de este proceso que si bien se ha iniciado en lo judicial, impacta, sin lugar a dudas, y de forma rotunda, en la constitución de un sistema familiar ampliado, con la incorporación de nuevxs integrantes, que no necesariamente han de excluir a lxs que ya estaban, y que son importantes para A. Estxs adultos han sabido ir más allá de sus intereses y sentimientos personales, para darle el lugar que el sentir y pensar del niño merecen. Han puesto la mirada en lo que es mejor para A., antes de lo que sea mejor para ellxs mismxs. Y lxs felicito sinceramente por tales actitudes de vida. Esto es, nada más y nada menos, que respetar la identidad del niño, en su faz dinámica. Es decir, aquella que trasciende a la identidad “estática”, para poner el foco en la construcción constante que cada persona hace de aquello que la identifica, que la referencia con otras personas, lugares, entorno sociofamiliar, actividades; es decir, todo lo que manifiesta a través de la proyección social».

Más allá de las previsiones de la ley

En sus argumentos, la jueza Malvestiti remarcó también que «la vida y circunstancias de las personas transcurren más allá de las previsiones de la ley» y es con «esa mirada humanística e integradora» que esas situaciones deben resolverse.

La magistrada señala que «la función judicial ha dejado de ser una actividad sólo reproductiva; por el contrario, debe realizar una interpretación creativa de la norma en cuestión, con el objeto de asegurar la realización de los valores justicia y equidad para afianzarla» y apunta que «el planteo tiende a lograr la integración entre realidad social, normas y valores». «Es decir, que las conductas y previsiones que la ley contiene, estén en consonancia y armonía con la realidad social que viven las personas a las que se dirije, y los valores que son importantes para el momento actual en que hay que aplicarlas».

Por tanto, Malvestiti argumentó que “aplicar sin más las previsiones del artículo 558 del CCyCN, principalmente su último párrafo, que prohíbe a las personas tener más de dos vínculos filiales, cualquiera sea la naturaleza de la filiación, estaríamos obligándolo a que deje de tener a su papá socioafectivo para que sólo tenga a su papá biológico. Es decir, estaríamos recortando su derecho a vivir y disfrutar no sólo de su familia biológica, sino también de su familia afectiva, y de su identidad dinámica tal como él mismo la percibe y ha expresado, de su integridad personal, libertad de pensamiento y expresión, a tener un nombre y apellido que lo identifique y con los que se sienta identificado”.