JUEVES, 04 DE JUN.

Cristina Kirchner apeló ante la Corte por el uso de tobillera electrónica

El abogado Carlos Beraldi presentó un recurso extraordinario que ahora la Cámara Federal de Casación tendrá que resolver si concede. En caso de no dar el visto bueno, a la defensa solo le quedará el recurso de queja directa ante el máximo tribunal del país.

 

La defensa de la ex presidenta Cristina Kirchner apeló ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación la negativa a retirarle la tobillera electrónica en su arresto domiciliario.

El abogado Carlos Beraldi presentó un recurso extraordinario que ahora la Cámara Federal de Casación tendrá que resolver si concede. En caso de no dar el visto bueno, a la defensa solo le quedará el recurso de queja directa ante el máximo tribunal del país.

Cristina Kirchner está condenada a seis años de prisión por administración fraudulenta en la causa Vialidad y se le concedió arresto domiciliario con tobillera electrónica en su domicilio de San José 1111 en el barrio porteño de Constitución.

La ex presidenta cuestionó la necesidad de uso de tobillera, pero tanto el Tribunal Oral Federal 2, que ejecuta la condena, como Casación, confirmaron el uso del dispositivo electrónico de vigilancia.

Ante ello, ahora recurre a la Corte, a la que también reclama contra los límites que se impusieron a sus visitas en el arresto domiciliario.

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RÉGIMEN DE VISITAS

Oportunamente, los abogados de CFK aseguraron que la regla impuesta por el TOF de que no pueda recibir visitas sin restricciones resulta incompatible con el derecho a la vida familiar y social de su representada.

Los letrados aseguraron que los jueces del tribunal omitieron que la ex presidenta tiene que reunirse con frecuencia con los profesionales contables que la asisten, al igual que los apoderados que se encargan de las cuestiones administrativas que deben desarrollar en forma diaria en su nombre.

A ellos se suman los peritos designados en el marco de otros procesos judiciales en su contra. Y los asesores que asisten a la ex presidenta para continuar desarrollando distintas actividades que no han sido prohibidas con la imposición de la pena.

«Una consideración aparte merece la situación de las personas que, sin ser familiares de nuestra representada, mantienen con ella vínculos de amistad y afecto y, por ende, conforman una parte fundamental de su vida de relación», reclamaron los abogados.

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Sin embargo, Casación desestimó todos los planteos presentados y determinó que la presencia de una custodia policial no sustituye la función de seguimiento que corresponde exclusivamente al Poder Judicial, y que renunciar a herramientas complementarias de control, como el monitoreo electrónico o el pedido de autorización de visitas fuera de la nómina, implicaría desvirtuar el sentido de la ejecución penal.

Asimismo, consideraron que el uso de la tobillera «encuentra sustento legal en el marco normativo vigente y resulta adecuado para asegurar el control judicial efectivo del cumplimiento penal en el contexto de la prisión domiciliaria».

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