Ingresó formalmente a Diputados el proyecto de ley de Principio de Inocencia Fiscal
Se trata de una iniciativa del oficiailismo que prevé una suba en los "umbrales" a declarar y un "blindaje" a quienes adhieran al nuevo régimen simplificado del Impuesto a las Ganancias.
- Conclusión en Buenos Aires
- Jun 6, 2025
Luego que el presidente de la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Cámara de Diputados, José Luis Espert, junto al titular de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), Juan Pazo, presentaron este jueves los puntos mas importantes del proyecto de ley de principio de inocencia fiscal vinculados a la formalización de los «dólares del colchón», fue recibido formalmente e ingresado en la mesa de entradas de la Cámara baja.
La iniciativa, busca actualizar los montos previstos de las multas y cambia el régimen de prescripción, al establecer la posibilidad de reducir el plazo de prescripción tributaria a tres años en casos que la declaración jurada haya sido presentada en término, con la salvedad de que no se verifiquen diferencias significativas.
El capítulo segundo, incorpora modificaciones al Código Civil y Comercial con la finalidad de armonizar las prescripciones de la seguridad social y tributarias. Pero también, agrega como novedad, la posibilidad de acotar plazos en las leyes previsionales, en condiciones similares con la materia impositiva.

“Vamos a abandonar el régimen persecutorio en el que la legislación y la ex AFIP presuponían que todos éramos culpables y pasaremos a un régimen de enfoque recaudatorio donde todos somos inocentes, salvo que ARCA demuestre lo contrario», había manifestado Pazo en la presentación.
Y así, en el texto que refriere a la modificación al Título IX de la Ley 27.430 conocido como “Delitos Tributarios”, consigna que en caso de prosperar, se modificará el monto mínimo de evasión total o parcial de tributos al fisco nacional de $1.500.000 a $100.000.000. Y además indica que las penas por incumplimiento son de dos a seis años de prisión.
Respecto de las causas que se tramitan en la justicia penal tributaria, son “alrededor 7.000″ de la cuales «quedarán en curso aproximadamente 200 que son las que realmente implican una evasión real y significante”, adelantó este jueves Pazo cuando presentó el proyecto.
En relación a la evasión agravada, que actualmente está en $15.000.000 y contempla penas efectivas de tres a seis años, pasaría a ser de $1.000.000.000. No obstante, la iniciativa de la gestión Milei impulsa que “la Administración Tributaria no formulará denuncia penal cuando el importe correspondiente a las obligaciones evadidas, aprovechadas o percibidas indebidamente y sus intereses fueren cancelados en forma incondicional y total con anterioridad a la formulación de la denuncia”.

Sobre las modificaciones del Código Civil y Comercial, el texto establece “el plazo de la prescripción es de cinco años, excepto que esté previsto uno diferente en la legislación local”.
En el artículo final, la propuesta impulsada por el Poder Ejecutivo Nacional insta las 23 provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adoptar, en el ámbito de sus respectivas competencias, regímenes simplificados de fiscalización, en sintonía con el proyecto presentado.

