Las personas con discapacidad son aquellas que tienen deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a largo plazo que, en interacción con diversas barreras, pueden obstaculizar su participación plena y efectiva en la sociedad en igualdad de condiciones con los demás, según la Organización Mundial de la Salud. El 3 de diciembre se estableció como Día Internacional de las personas con discapacidad.

La Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad es un instrumento internacional de derechos humanos de las Naciones Unidas o Derecho internacional de los derechos humanos destinada a proteger los derechos y la dignidad de las personas con discapacidad. En Argentina tiene rango constitucional y garantiza los derechos de las personas con discapacidad.

Existen leyes que protegen a las personas con discapacidad para erradicar las barreras actitudinales, comunicacionales, edilicias y tecnológicas. A partir de la ley 15926 de capacitación en discapacidad existe un protocolo de atención que incluye ámbitos públicos y privados.

La Dra. Carina Carrizo, presidenta de La Unión de Usuarios y Consumidores de Mar del Plata, es abogada especializada en derecho de familia, discapacidad y derecho del consumidor, explicó los alcances de las leyes que garantizan los derechos de las personas con discapacidad. El incumplimiento de estas normas, también implica una violación a la ley 24.240 de Defensa al Consumidor.

La Dirección Municipal para la Promoción y Protección de los Derechos Humanos de Mar del Plata fue habilitada por los decretos 918/15 y 198/16 para intervenir en los casos de presunta infracción a la ley 24.240, de Protección y Defensa de los Consumidores en los que se vean afectadas personas con discapacidad o mayores de 70 años.

Con este objetivo fue creada una Oficina Municipal de Información al Consumidor para Personas con Discapacidad o Adultos Mayores cuyos objetivos serán:

> Prestar asesoramiento y evacuar consultas a las personas consumidoras y usuaria.

> Brindar información, orientación y educación a las personas consumidoras.

> Fomentar y facilitar la creación y actuación de asociaciones locales de personas consumidores.

> Efectuar controles sobre productos y servicios, en la medida que sean compatibles con el régimen de competencias municipal, y en su caso, elevar las actuaciones al organismo municipal de aplicación para la sustanciación del procedimiento pertinente.

> Recibir denuncias de las personas consumidoras y usuarias.

> Fijar y celebrar conciliaciones entre la parte denunciante y la empresa denunciada.

> Propiciar y aconsejar la creación de normativa protectiva en el ámbito de competencia municipal, teniendo en cuenta la problemática local o regional.

> Colaborar con el Gobierno Municipal en la difusión de las campañas de educación y orientación.

En otros puntos del país, se pueden realizar denuncias en el Inadi y en las oficinas de Defensa al Consumidor de cada localidad. 

 

Para consultas o denuncias: 

Oficina de Asesoría al Consumidor

Martes a jueves de 9 a 12.30

Corrientes 450 3ºP

Vías de comunicación:

Mail: [email protected]

Facebook: La Unión Rosario

WhatsApp: 341 7 547010 (De 9 a 16)