La Legislatura bonaerense aprobó Ley de Paridad de Género en listas de candidatos
La norma modifica el artículo 32 de la Ley Electoral provincial, por lo que ahora las listas deberán respetar para los cargos de cuerpos colegiados en todas las categorías una equivalencia del cincuenta por ciento del sexo femenino y otro cincuenta por ciento del sexo masculino.

