La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) dio a conocer los detalles del vigente plan de pagos de deuda provisional. El beneficio alcanza a mujeres de 60 años o más y varones de 65 años o más que no poseen los 30 años de aportes requeridos, y en ambos casos podrán regularizar los períodos faltantes hasta diciembre de 2008 inclusive.

Anses informó que quienes quieran solicitar turno deben ingresar con Clave de la Seguridad Social en anses.gob.ar; Turnos y seleccionar la opción Para Plan de Pago Deuda Previsional – Asesoramiento Jubilación.

En el primer día de vigencia del Plan de Pago de deuda previsional se iniciaron 2.290 trámites jubilatorios. La directora ejecutiva de Anses, Fernanda Raverta destacó “hoy es un día muy importante porque empezamos a jubilar, gracias a la ley de Plan de Pago de Deuda Previsional, a hombres y mujeres que trabajaron toda su vida y tenían la edad de jubilarse, a quienes muchos de ellos sus empleadores no les hicieron los aportes y no reunían los años que pide la Ley».

En ese sentido, se dirigió a quienes iniciaron el trámite para jubilarse: «Hoy los abrazamos fuerte y les decimos que lo que estamos haciendo es ni más ni menos que reconocer tanto esfuerzo, tanto trabajo durante toda su vida y que, por eso, merecen jubilarse», manifestó la directora ejecutiva, Fernanda Raverta.

Te puede interesar: Los límites para ingresar a la moratoria previsional: cuáles son los requisitos

El organismo indicó que «el Plan de Pago de Deuda Previsional es incompatible con otras moratorias previsionales que no se hayan saldado antes del 31 de diciembre de 2021», y que «el monto a descontar no puede exceder las 120 cuotas mensuales ni el 30 por ciento del haber mínimo vigente».

¿Qué trámites debo hacer?

Si trabajás en forma autónoma o en relación de dependencia y tenés la edad para jubilarte pero te falta completar los años de aportes, podés adherir a una moratoria que te permita completar los que te faltan.

Moratorias vigentes

Moratoria Ley 24.476

  • Requiere una evaluación socioeconómica previa.
  • Cubre desde el 01/01/1955 al 30/09/1993  
  • Desde los dieciocho 18 años de edad.
  • Cancelás la deuda al contado o en un plan de hasta 60 cuotas, ajustados semestralmente por el índice de movilidad.

Moratoria Ley 26.970

  • Solo para mujeres de 60 y menores de 65 años.
  • Cubre desde entre el 01/01/1955 al 31/12/2003
  • Desde los 18 años de edad.
  • Cancelás la deuda al contado o en un plan de hasta 60 cuotas, ajustados trimestralmente por el índice de movilidad.

¿A quién está dirigido?

A los trabajadores que han cumplido la edad para jubilarse pero no tienen efectuada la totalidad de los aportes que la ley exige.

¿Qué necesito?

Consultá en ANSES los requisitos y la documentación necesaria.

¿Cómo hago?

  • Si considerás que podés regularizar tus aportes a través de la Ley 26.970, sacá un turno en esta modalidad.
  • En cambio, si por tu situación podés regularizar tus aportes por la Ley 24.476 , sacá turno en esta otra.
  • Presentá la documentación en la Oficina de ANSES correspondiente al turno asignado.

Tené en cuenta

Podés consultar a través de la línea telefónica gratuita 130, de 8 a 20 h.

¿Cuál es el costo del trámite?

Gratuito