El plan destinado a mujeres y personas LGBTI+ que se encuentran en situación de violencia de género aumentará en abril a $80.342. Ese monto se debe a que subió el valor del salario mínimo y este programa estaba atado a esa cifra. Desde la app Mi Anses se puede chequear si accedés.

El objetivo principal de este beneficio es fortalecer la independencia económica de mujeres y personas LGBTI+ en situación de violencia de género y, de esa forma, brindar un acompañamiento integral y acceso a dispositivos de fortalecimiento psicosocial para las personas incluidas en el programa, coordinado con los gobiernos provinciales y locales. Además, entrega durante seis meses consecutivos un monto equivalente al del salario mínimo.

Requisitos del Programa Acompañar

  • Ser mujer o persona LGBTIQ+ y atravesar una situación de violencia de género
  • Tener entre 18 y 65 años

Aumento del Programa Acompañar

Los últimos aumentos del salario mínimo, vital y móvil -y con ello de los montos actuales del Plan Acompañar- son:

  • Enero 2023: $61.953 (impacta en febrero)
  • Febrero 2023: $65.427 (impacta en marzo)
  • Marzo 2023: $67.743 (impacta en abril)
  • Abril 2023: $80.342 (impacta en mayo)
  • Mayo 2023: $84.512 (impacta en junio)
  • Junio 2023: $87.987 (impacta en julio)

Todos los aumentos impactan al mes siguiente. Es decir, que en abril cobrarán  $67.743 porque impacta el aumento de marzo y en mayo recibirán los $80.342 por el aumento de abril.

Las fechas de cobro del Programa Acompañar se pueden consultar a través de la app Mi Anses desde anses.gob.ar. Como siempre, se prevé el pago del programa para los primeros días de abril.

Compatibilidades e incompatibilidades del Programa Acompañar

El Programa Acompañar es compatible con:

  • Asignación Universal por hijo.
  • Asignación Universal por Embarazo para Protección Social.
  • Asignación por hijo con discapacidad.
  • Monotributo Social.
  • Trabajo registrado bajo el Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares.

El Programa Acompañar es incompatible con:

  • Ingresos por trabajo en relación de dependencia registrado en el sector público o privado, monotributo y régimen de autónomos (excepto monotributo social).
  • Subsidio o prestación monetaria no reintegrable con fines de empleo y/o capacitación otorgada por el Estado nacional.
  • Jubilaciones, Pensiones o Retiros de carácter contributivo o no contributivo, sean nacionales, provinciales, municipales, o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
  • Pensión Universal para el Adulto Mayor dispuesta por el Decreto N° 894/2016.
  • Prestación por desempleo.

Más información

Podés escribir a [email protected]

También podés comunicarte con la Línea 144 a través de un llamado al 144, escribir por WhatsApp al 1127716463 o por mail a [email protected]