En una sesión prevista para las 15, pero que comenzó pasadas las 21, el Concejo Municipal de Rosario aprobó por unanimidad, durante la noche de este jueves, un alza en las tarifas de remises y taxis. El aumento –reclamado por el sector– llevará la bajada de bandera diurna a $477,10, y la nocturna a $557,80.

El aumento en el servicio de taxis fue reclamado por la Cámara de Titulares de Licencias de Taxis (Catiltar) y por el Sindicato de Peones de Taxis (SPT), quienes habían solicitado subas del 30%. 

>>Te puede interesar: Choferes de taxi piden aumento del 50 % para trabajadores del sector

Con el nuevo cuadro tarifario, los valores serán los siguientes:

Servicio diurno de taxis, que rige de lunes a sábado, de 6 a 22

Bajada de bandera: $477,10.

Ficha (la distancia recorrida cada 100 metros): $22,60.

Minuto de espera: $22,60.

Servicio nocturno de taxis, que rige de lunes a jueves, de 22 a 6:

Bajada de bandera: $557,80.

Ficha: $25,60.

Minuto de espera: $25,60.

Servicio de domingos y feriados, que rige en el rango horario comprendido entre las 6 y las 22:

Bajada de bandera: $579,40.

Ficha: $25,60.

Minuto de espera: $25,60.

Este último cuadro tarifario también aplicará para los servicios nocturnos que se presten los viernes, sábados y vísperas de feriado.

Servicio diurno de remises

Bajada de bandera: $557,80.

Ficha: $28,88.

Minuto de espera: $43,75.

Servicio nocturno de remises

Bajada de bandera: $652,10.

Ficha: $32,70.

Minuto de espera: $49,50.

Los taxis y remises deberán tener aplicaciones

En la sesión también se aprobó por unanimidad una ordenanza que regula las aplicaciones para dichos servicios. La normativa autoriza la operación de plataformas para el despacho de viajes en taxis y remises.

>>Te puede interesar: Taxistas piden aumento urgente del 30% en la tarifa y el Concejo evalúa tratar un 25%

En la normativa se define a las plataformas electrónicas de transporte como un servicio prestado por aplicaciones móviles y/o sistemas, plataformas y/o software que utilicen un posicionamiento global a través de internet que permita la intermediación entre la demanda de desplazamiento de pasajeros y los prestadores/vehículos que ofrecen dicho servicio.

Asimismo, se crea el Registro de Plataformas Electrónicas de Transporte autorizadas por la autoridad de aplicación.

También, se establece la obligatoriedad para los prestadores de taxis y remises de contar, como mínimo, con un servicio de plataforma electrónica de transporte previamente autorizada y registrada, y se precisa que dicha obligación “no podrá, en ningún supuesto, generar un cargo adicional para los usuarios de las plataformas electrónicas de transporte”.