Por Jorge Ripani*

El viernes 3 de noviembre, el gobierno y algunos aliados del PJ no kirchnerista (Pichetto – Urtubey), presentaron un proyecto de modificación del Ministerio Público de la Acusación (Fiscal) de la Nación. Luego en una estratagema poco frecuente, el jefe del bloque del PJ, Miguel Ángel Pichetto, cambió la integración de la Comisión de quienes no estarían presentes en el debate (Uturbey Iturrez y Riofrio) por otros 3 senadores: el mismo Pichetto, Leguizamon e Irrazabal, estos últimos salientes por finalizar mandato.

Estas son las diez claves jurídicas y políticas para razonar el proyecto que de convertirse en ley, podría ser atacado de inconstitucionalidad por quienes consideren que viola la independencia del Ministerio Público mandada por el artículo 120 de la Constitución Nacional.

 

  1. La función principal de los fiscales, consiste en ser los portadores de la acción penal, cuando correspondiere. Es decir, ser la parte que acusa a quienes podrían haber cometido algún delito (denunciados por robos, homicidios, corrupción, etc). Son representantes del pueblo y no deben siempre acusar o pedir el máximo de condena, sino sentencias justas. Los fiscales, son seleccionados por un concurso donde pesa fuerte el Procurador General (máximo titular a nivel nacional), quien además les puede dar instrucciones (art. 31 ley). La figura del Procurador General se torna importantísima para el estado de derecho.
  2. A partir de la reforma constitucional de 1994 que dentro de un marco neoliberal americano, salvo la reelección, limitó el poder del Presidente de la Nación, el Ministerio Fiscal pasó a ser parte de un órgano “extra poder” (art. 3 ley 24.309). Para algunos, una suerte de “cuarto poder”, para otros “mini poder”, independiente del ejecutivo, legislativo y judicial. Esto le permitiría acusar o dictaminar contra aquellos poderes con mayor libertad. Consecuentemente el art. 120 CN, lo establece como “un órgano independiente con autonomía funcional y autarquía financiera”.
  3. Por debajo de la jerarquía constitucional y derivado de ella, está regulado por la Ley Orgánica de Ministerio Público N° 27.148. Esta da los detalles. El tema es que algunos detalles son muy importantes. La reciente renuncia-denuncia de “aprietes” de la titular, Dra. Gils Carbó, abrió la puerta para que se designe un nuevo Procurador General. Ahora se pretende modificar la ley orgánica para entre otras cosas, hacerle más sencilla la tarea al Poder Ejecutivo.
  4. Con la ley vigente, el Procurador General será nombrado por el Presidente con acuerdo del Senado, con el voto de los dos tercios de los miembros presentes. El intento de reforma de Pinedo-Pichetto-Urtubey, propone que sea nombrado por mayoría absoluta. Pasaríamos de 2/3 a sólo 1/2 de los miembros presentes. Esto le facilita las cosas  al “gobierno” de turno. Técnicamente al Poder Ejecutivo que de aprobarse, no necesitaría consensuar demasiado con la oposición en el parlamento. Exagerando, un kirchnerista dijo “le bastarían algunos Pichettos”.
  5. Con la ley vigente, el cargo de Procurador General dura hasta los 75 años. Con el proyecto del gobierno, sólo cinco (5) años, y podrá ser reelegido por dos (2) años por única vez. Pero llamativamente los fiscales siguen en sus funciones hasta los 75 años. Consecuentemente la reforma le quita seguridad al Procurador General que pasaría a depender del gobierno de turno para renovar y solo podrá tener estabilidad por 5 años.
  6. Actualmente el Procurador General sólo es removible por el complejo mecanismo de juicio político. Con el proyecto del gobierno podría ser removido por razones de mal desempeño, crímenes comunes o delitos en el ejercicio de sus funciones, por decisión fundada del Poder Ejecutivo o por iniciativa de la mayoría absoluta de los miembros presentes de la Cámara de Diputados a solicitud de cualquiera de sus miembros, en ambos casos con acuerdo del Senado por la mayoría absoluta de sus miembros, previa audiencia del interesado. La mera iniciativa de remoción suspende inmediatamente el ejercicio del cargo del Procurador General de la Nación, mientras dure el proceso de remoción. Esta reforma le otorgaría nuevamente menos seguridad e independencia al Procurador frente al presidente y su primera minoría legislativa.
  7. El proyecto incluye una cláusula transitoria que permitiría dejar sin efecto todas las designaciones sin concurso de fiscales realizadas desde 2013 a la fecha. Esto podría servir para eliminar fiscales nombrados por Gils Carbó y reemplazarlos a partir de la designación del nuevo Procurador, posiblemente más cercano al gobierno.
  8. El proyecto no hace mención a las procuradurías especiales creadas por la ley original, como la de Violencia Institucional, la de Narcocriminalidad, y Robo de Bebes durante la última dictadura, por lo que fue criticado por Abuelas y Madres de Plaza de Mayo y organismos de DDHH. Asimismo por la Iglesia Católica. Gils Carbó fue al Vaticano y la Institución le pidió al Gobierno que no debilite al Ministerio Público Fiscal. «Quiero notificar que ayer la Conferencia Episcopal Argentina, con su nuevo presidente Oscar Ojea, le ha pedido al Gobierno que conserve todos estos instrumentos de los cuales ha hablado la fiscal (por Gils Carbó)», sorprendió el arzobispo argentino.
  9. El proyecto está presentado en el marco de un fenómeno continental americano de “lucha contra la corrupción”, “honestismo” y “lavajatos”, donde los fiscales y el poder judicial, adquieren un rol protagónico. En el mismo, los medios de comunicación monopólicos y los partidos proclives a las relaciones bilaterales con las potencias mundiales, acusan de corrupción a los movimientos próximos a la integración latinoamericana. Casos como el de Jorge Glas (vicepresidente de Ecuador), Raúl Sendic (ex vicepresidente de Uruguay), Lula (ex presidente de Brasil) y Dilma (presidenta de Brasil, depuesta por un golpe institucional). Irina Hauser, autora del libro “Los Supremos” señaló que Elisa Carrió “querría el cargo para ella”. También se baraja el nombre de Margarita Stolbizer. El turco Asis viene poniendo al descubierto el inminente «Lava Jato Argentino». En el mismo, el jefe de los fiscales, podría tener un rol protagónico que luego de los 5 años de duración que propone el proyecto para su cargo, podría catapultarlo como presidenciable. Espectacularmente en la serie de ficción “House Of Cards”, Heather Dunbar, la ex-Procuradora General de los Estados Unidos que había investigado y logrado la renuncia del presidente Garrett Walker, termina siendo candidata por las elecciones presidenciales de 2016.
  10. Este proyecto se intentará votar antes de la incorporación de los nuevos legisladores electos, uno de ellos es la peso pesada y ultra opositora Cristina Fernandez, quien tiene en su palmarés haber sido convencional constituyente en 1994. De los senadores en ejercicio, no solo el peronismo k manifestó su disconformidad con el intento de reforma, también lo hizo por ejemplo, José Mayans que responde al gobernador de Formosa Gildo Insfran, el más votado con un 64 % en las últimas elecciones.

 

El texto completo del proyecto, puede consultarse en el siguiente vínculo:  http://www.senado.gov.ar/parlamentario/parlamentaria/397320/downloadPdf

* Abogado especializado en Derecho Político e Historia Constitucional / [email protected]