La Cámara Criminal y Correccional Federal ratificó hoy el procesamiento y prisión preventiva de la ex presidenta Cristina Kirchner en la causa iniciada por la denuncia del fiscal Alberto Nisman por presunto encubrimiento del atentado a la AMIA a raíz de la firma del Memorándum de Entendimiento con Irán.

Así lo decidió la Sala II, integrada por los jueces Martín Irurzun y Eduardo Farah, la que también ratificó los procesamientos y la prisión preventiva del ex canciller Héctor Timerman, del ex secretario de Legal y Técnica de la Presidencia Carlos Zannini, del dirigente Luis D´Elía, del ex líder de Quebracho Fernando Esteche, del representante de la comunidad islámica en el país Jorge Khalil, del extitular de la AFI Oscar Parrilli y del diputado Andrés Larroque, por los delitos de «estorbo de un acto funcional, abuso de autoridad y encubrimiento agravado».
De esta manera, el tribunal dejó firme la decisión del Juzgado Federal 11, a cargo de Claudio Bonadio, de pedir el desafuero y la detención de la actual senadora nacional de Unidad Ciudadana.

El magistrado había hecho esa solicitud ante el Congreso luego de que los fiscales Gerardo Pollicita y Eduardo Taiano consideraran que Cristina Kirchner podría entorpecer la causa estando en libertad.

«En definitiva, por sobre el arraigo, vínculos familiares, y la actividad de presentarse al ser convocados (que todos exhibieron), lo expuesto en la presente revela la existencia de razones fuertes de diferente tenor que, con arreglo a los lineamientos impuestos por la ley y a la aplicación que de ellos ha propiciado afianzada jurisprudencia de la Sala, justifican holgadamente la presunción de riesgo procesal», explicaron los camaristas en la resolución de este jueves. .

Para justificar la decisión, explicaron que «la gravedad de los cargos que pesan contra los imputados es indudable» y que «las evidencias sobre el modo de ejecución de los hechos y sus características demuestran, por todos lados, que se usó cualquier medio al alcance para evitar dejar rastros del delito».

Además, señalaron que «el escenario se agrava cuando se observan circunstancias puntuales y objetivas producidas durante las investigaciones judiciales».

«Se estableció que había una relación concreta entre la posibilidad de entorpecimiento de la instrucción que revelan todos esos datos y los cursos de acción que restaba transitar en el caso», detallaron.
Por otra parte, los camaristas hicieron lugar al pedido de la ex mandataria nacional para que se quite la figura de «traición a la Patria» en el procesamiento que pesa en su contra y en el resto de los acusados por entender que ese ilícito requiere de una declaración de guerra.

Además ratificaron el embargo de 50 millones de pesos en su contra que había sido dictado por el juez Bonadio semanas atrás.

La ex jefa de Estado está acusada de «impartir personalmente las instrucciones al resto de los imputados» para «favorecer a los acusados iraníes» a través de la firma del acuerdo bilateral con Irán, que nunca se aplicó y fue declarado finalmente inconstitucional.

Puntualmente, se trata del caso donde se investiga «un plan criminal para que los ciudadanos iraníes identificados como responsables de la voladura de la AMIA pudieran sustraerse de la acción de la justicia -mediante el otorgamiento a Interpol de herramientas suficientes para que las notificaciones de índice rojo que pesaban respecto de los ciudadanos iraníes perdieran virtualidad- y para liberarlos de toda responsabilidad penal por dichos hechos -mediante la creación de una Comisión de la Verdad- y a través de esta, introducir una hipótesis alternativa».

Los camaristas rechazaron el argumento de las defensas que sostenían que el caso sólo versa sobre una «cuestión política no judiciable» y, al respecto, indicaron que por lo contrario «según la hipótesis acusadora», los representantes del Poder Ejecutivo utilizaron el Memorándum «para inmiscuirse en una materia de la competencia de otro», esto es el Poder Judicial.

«Según el diseño constitucional republicano le correspondía exclusivamente a los magistrados del Poder Judicial de la Nación el conocimiento y decisión de las causas que, como la que refiere al atentado de la AMIA-DAIA, tienen por objeto la averiguación de la verdad, de las responsabilidades penales y la aplicación de la ley en relación a un crimen federal cometido en su territorio», señalaron.

Y agregaron que el Memorándum suscripto entre autoridades de la República Argentina e Irán el 27 de enero de 2013 «es un punto central de los cargos formulados a los procesados, porque es la vía a través de la cual buscaron y consiguieron dar la ayuda que se habían propuesto, por fuera de los objetivos que públicamente se declaraban y que esgrimieron ante el Congreso de la Nación».

Los jueces señalaron además que «el tenor y alcance de los hechos se comprende si se los analiza en conjunto con las maniobras que transcurrieron antes, durante y después de la firma del acuerdo», las que llevan a presumir «la puesta en marcha de negociaciones no transparentadas por parte de representantes formales del Poder Ejecutivo y extranjeros, así como el montaje de una suerte de aparato paralelo de comunicación entre quienes oficiaban como portadores de los mensajes de prófugos y encubridores».

«En pocas palabras: lo pactado tuvo una parte escrita, cuyo análisis, así como el de otros aspectos deja ver mucho de su falta de correspondencia con pautas de la Constitución e incluso con la finalidad alegada. Pero es cuando se sabe todo lo que se intentó no dejar registrado –que no se conocía cuando se aprobó el pacto en el Parlamento ni cuando se declaró su inconstitucionalidad.-, que se comprende por qué y cómo se firmó lo que se firmó. Cualquier evaluación sobre la relevancia penal del asunto que prescinda de ello, es incompleta», completaron.