Por Alejandra Ojeda Garnero

El Tribunal Oral Federal N°2 integrado por los jueces Otmar Paulucci, Ricardo Vázquez y Eugenio Martínez dieron a conocer este miércoles el cierre de la etapa de producción de prueba en el juicio por la muerte de Franco Casco, en la que son juzgados 19 policías por el delito de desaparición de persona, torturas y muerte, en distintos grados de participación. Tras rechazar todos los planteos de las defensas, realizados en la audiencia del pasado 24 de abril, en relación a testimonios que faltaban completar, como el de Ramón Casco y pedidos relacionados con medidas de pruebas, e incorporación por lectura de algunas actuaciones, el tribunal dio inicio a la etapa de alegatos de cierre. Este miércoles y hasta el próximo lunes, será el turno del fiscal Fernando Arrigo.

El fiscal comenzó su alegato fundado en la requisitoria de elevación a juicio, en la cual se imputo a Diego Álvarez, Walter Benítez y Fernando Blanco y Cecilia Contino por el delito de desaparición forzada de persona, agravado por la muerte de la víctima y por imposición de torturas seguida de muerte, como coautores. César Acosta, Enrique Gianola Rocha, Cintia Greiner, Marcelo Guerrero, Guillermo Gysel, Rocío Hernández, Esteban Silva, por los mismos delitos en calidad de coautores. También fueron imputados, Romina Díaz, Belkis González Ramón Juárez, Rodolfo Murúa, Walter Ortiz y Franco Zorzoli por el mismo delito en calidad de partícipes secundarios. Pablo Síscaro y Daniel Escobar fueron acusados por encubrimiento agravado. Además, fue imputado, Alberto Daniel C, por falso testimonio.

Arrigo describió el caso como «un hecho complejo y con bastantes variantes, es necesario hacer un resumen, sobre lo que vio la fiscalía y quedó demostrado a lo largo de este juicio».

El fiscal aclaró que estructuró su alegato en dos resúmenes, «uno que tiene que ver con los hechos y otro sobre quienes fueron los involucrados y luego el análisis de toda la prueba, desarrollados cronológicamente, además individualizar la prueba de cargo para cada uno de los imputados». Durante cuatro horas el fiscal Arrigo leyó las primeras páginas de su alegato y lo que considera probado a lo largo del debate, basado solamente en testimonios de personas detenidas en la comisaría séptima en el momento de los hechos, y en la declaración de la médica forense Virginia Creimer, quien, en su extensa exposición, elucubró una teoría ambigua y sin sustento científico.

Así comenzó a relatar la misma versión que desde un inicio se conoció por parte de los acusadores: «Era 6 de octubre de 2014, Franco Casco estaba en la casa de su tía en Rosario, quería volver a Buenos Aires, extrañaba a su familia. Con dificultad se ubicaba en Rosario porque no conocía la ciudad. En una tarde se dirigió a la estación de trenes Rosario Norte, terminó en la jurisdicción de la comisaria séptima. Franco Casco era conforme a los especialistas, identificado como del grupo vulnerable para la violencia institucional. Era noche de cacería para algunos policías de la comisaria séptima. Al día siguiente era asueto. Los móviles de la comisaría que estaban en la jurisdicción cazaron a Franco y lo ingresaron a la comisaría a las 23.30, no documentaron el ingreso, no lo blanquearon, para trabajar tranquilos sin plazos. Y que según Álvarez los fiscales no atendían los teléfonos de madrugada. Lo torturaron, le tomaron los datos, le hicieron firmar un acta de conocimiento de derechos con fecha y horario que parecían evidentemente errados. Fichas dactilares y fotografías, y luego lo siguieron torturando. Franco cayó en la guardia más brava, la que más verdugueaba. Como no era del ambiente gritaba, cada vez más fuerte. No sabía que le tenían que gritar para que le dejen de pegar. Al final lograron callarlo, pero se les fue la mano. A Franco Casco lo asfixiaron. En distintas oportunidades los involucrados observaron el cuerpo sin vida de Franco tirado en el piso del transitorio. Tomaron conciencia de lo que habían hecho y a lo que se enfrentarían si la verdad salía a la luz. Sabían que Franco no pasó inadvertido para el resto del personal, y de los imputados, y de los detenidos en esa comisaria, porque gritaba, se notó que no era del ambiente, habló con otros detenidos. Uno que estaba en la cuadra, otro que estaban en los penales. Esa noche hubo gritos desgarradores por la feroz tortura a la que sometieron a Franco. No podían simplemente hacerlo desaparecer, necesitaban crear una coartada que les garantizara la impunidad. Tenían algunas limitaciones, siempre mezclando la verdad indiscutible con mentiras hábilmente creadas, y con una registración retrasada de los acontecimientos reales, se podía alcanzar la impunidad. Otro escollo era que había que sacar el cuerpo de la comisaría y limpiar la sangre del transitorio para que no quedaran marcas de las sesiones de tortura. Primero, uno de los detenidos se comunicó esa noche y madrugada con Franco que estaba a escasos metros del transitorio, en la cuadra, y vería el cuerpo sin vida de Franco cuando lo sacaran», siempre siguiendo la teoría acusatoria y con datos que no aparecieron a lo largo del debate.

Arrigo continuó: «Ese 7 de octubre era día de visita podrían ver el cuerpo y la sangre de Franco en el transitorio. Un corte de luz en la zona del penal, relatado por un detenido, fue el momento oportuno para sacar el cuerpo sin que nadie lo viera. Sacaron de la comisaría séptima el cuerpo sin vida de Franco y lo tiraron al río, ‘es un buen mecanismo antiforense’ pues desaparecerían los rastros de la tortura y eventualmente el cuerpo. Alejar el paso de Franco por esa noche de gritos y torturas, a las horas del día sería alejar las sospechas de responsabilidad de su muerte o desaparición. Luego con un criterio de confianza con el creador de la coartada y de responsabilidad de los que habían participado de lo sucedido se dividieron los roles. Un vecino del barrio, de confianza del jefe Álvarez ayudaría introduciendo a Franco Casco en una puesta en escena y explicaría su detención. El vecino cumplió y mintió. Con un supuesto cruce de miradas era suficiente para justificar una supuesta detención de Franco Godoy. No había testigos. Un invento de resistencia y agresión a la autoridad era suficiente. Una doctora que se conformaba con los dichos de unos funcionarios y una foto era perfecto, y así fue. Los acontecimientos se precipitaron y los familiares de Franco aparecieron en la comisaría a preguntar por el paradero y ellos negaron inicialmente el paso de Franco por la comisaría, así podían ganar tiempo para la construcción de esa verdad a medias. Pues una vez que confirmaran que Franco había estado por ahí perderían el control total de los acontecimientos. Con ese criterio de confianza y en algunos excompañeros del jefe de Asuntos internos podían ayudar para seguir ganando tiempo, y en una de esas conseguir la impunidad. La coartada se construyó hasta que perdieron el control», concluyó Arrigo, y agregó: «Hasta aquí esto fue lo que pasó, es la explicación que este Ministerio Público le encuentra a cómo se desarrollaron estos acontecimientos», afirmó el fiscal.

En un segundo resumen Arrigo presentó «a quiénes y cómo participaron». Así afirmó que «el 6 de octubre del 2014 en cercanía de la comisaría séptima, entre las 21.08 y las 23.30 el personal salió a recorrer la jurisdicción. Álvarez con personal a cargo y Romina Díaz en móviles de la comisaría. En el camino privaron de libertad a Franco y lo trasladaron a la comisaría, ingresado cerca de la medianoche, no documentaron ese procedimiento y no se dejó registro en el libro de guardia. Una vez ingresado, Franco fue aislado en un calabozo pequeño, oscuro, oloroso, sin acceso a un baño, denominado la jaulita, transitorio, buzón, freezer. Habitualmente se alojaba transitoriamente a las personas demoradas sin causa, por averiguación de antecedentes. Esa noche estaban en la comisaría séptima, el subcomisario Álvarez, Díaz, Benítez, Blanco, Contino, Silva y Zorzoli. Además de detenerlo ilegalmente no dieron aviso a la justicia, esa omisión se explica del siguiente modo: se registraban esas detenciones por el artículo 10 bis de la ley 7.395, averiguación de identidad, y solo contaban con seis horas para realizar los trámites de rigor y luego de ello debían liberarlos. Debían ponerlos a disposición del fiscal en un plazo que no excediera las dos horas. Sabían que no cumplirían con los plazos legales y decidieron no registrarlo. Lo que explica la fecha y hora, errados del acta de derechos y garantías, pues se adaptaría a cualquier horario y cuando quisieran regularizar la situación o simplemente dejarlo en libertad sin ninguna registración. Sabían a esa altura que el fiscal de Flagrancia era el doctor Campos, por otra parte, los fiscales no atendían las llamadas a la madrugada, y las líneas telefónicas de Jefatura no funcionaban bien, por lo cual las consultas podían demorarse», aseguró el fiscal según su teoría del caso.

En el mismo sentido mencionó que esta situación fue utilizada para elucubrar un plan macabro para deshacerse del joven y ocultar, según su visión de los hechos. Aunque aún faltan dos días para finalizar la lectura del alegato del fiscal, hasta el momento, y a lo largo del debate, ninguno de estos hechos descriptos pudo ser demostrados con pruebas objetivas y materiales.

Sin embargo, el fiscal continuó: «Las circunstancias de omitir la registración les daba tiempo para decidir qué hacer con esta persona, mientras tanto estaban a merced de los funcionarios policiales», y para sostener esta afirmación y las anteriores, mencionó el testimonio de la abogada, antropóloga y magister en criminología Eugenia Cozzi «existía un momento de dominio policial de la escena, a estas circunstancias se le sumaba el tiempo y la posibilidad de corrección y manipulación de los hechos a partir de la utilización de un borrador del libro de guardia», vale aclarar que en su declaración la docente Cozzi se refirió a investigaciones realizadas en distintos puntos del país, en determinados contextos y específicamente en zonas vulnerables, y además refirió que  no conoce la causa de Franco Casco, es decir que no leyó el expediente.

Arrigo continuó con el relato de los hechos según su teoría, al decir que «una vez allí, en la madrugada del 7 de octubre la víctima fue sometida a una sucesión de agresiones y malos tratos prolongados e intensos: fuertes golpes, patadas, asfixia, baldazos de agua, agresiones verbales y amenazas. Se escuchaba que lo sacudían contra las paredes. Franco gritaba mucho, se notaba que no era del ambiente, porque no sabía que no tenía que gritar para que le dejen de pegar. Además, el personal de la comisaría no permitió que los internos le entregaran agua o comida. Franco pedía algo para tomar y no le daban, le tiraron un baldazo de agua. El imputado Benítez le leía recitaba fragmentos de la biblia y le decía arrepentite, mientras le daba patadas. Otro funcionario policial le decía no seas marica, te vamos a moler a palos. Le decían hacete el vivo ahora, no te salva nadie, y se escuchaban gritos de auxilio. Durante la salvaje golpiza Franco gritaba desesperadamente y gemía de dolor, no eran gritos normales», relató el funcionario judicial al mencionar algunos testimonios de personas que se encontraban detenidas en la comisaría.

«Estos golpes ocurrieron en dos momentos distintos», continuó Arrigo, a pesar que quedó probado en el debate que el joven fue detenido el 7 de octubre de 2014 a las 13.15, «todo en la noche del 6 de octubre y madrugada del 7, lo cual duró no menos de dos horas». Al continuar con el relato, el fiscal aseguró en su alegato que «en una primera ocasión los agresores que eran al menos tres adentro de la celda y una más en la puerta, lo golpeaban salvajemente por un tiempo prolongado, dentro de la celda estaban Álvarez, Benítez, y un tercer hombre, en la puerta estaba Contino», vale aclarar que el horario de trabajo de Cecilia Contino era de lunes a viernes de 8 a 16 y tanto Álvarez como Benítez no estuvieron en la comisaría la noche del 6, lo cual quedó demostrado por el impacto en las antenas de sus celulares.

Pero, según la teoría del fiscal, los policías habían olvidado realizar las diligencias de rigor y «pararon un rato de pegarle y allí le tomaron sus datos personales, lo ficharon, le hicieron firmar el acta de conocimiento de derechos y le sacaron fotografías, donde aparece claramente golpeado y con la ropa mojada», lo cual sería una demostración de la tortura, según la teoría acusatoria, y en la misma línea dijo que «luego volvieron a pegarle, pero esta golpiza duró menos tiempo y luego de ella hubo un silencio total. En esta ocasión participaron al menos Álvarez y Contino, en las secciones de golpes también participaron Blanco y Silva, según el relato de los detenidos una mujer policía les decía que dejaran de pegarle porque se les iba a ir la mano. Luego de los golpes hubo un silencio total, no se escuchó más nada, uno de los policías dijo, no se mueve y otro le respondió bueno, dejalo ahí».

«Luego de lo ocurrido a los policías se los vio alterados y discutiendo entre ellos, el 7 de octubre durante la visita femenina ninguno de los internos vio a Franco Casco en la comisaría séptima. Como consecuencia de la violencia recibida Franco Casco murió por asfixia en las instalaciones de la comisaría séptima, tal como lo explicó la Dra. Creimer en concordancia con el informe histopatológico y su ampliación, los que forman parte de la junta médica del Cuerpo Médico Forense de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en los que hace referencia a las lesiones que tenía Franco compatibles con el denominado pulmón de lucha señalado por Creimer compatible con la muerte por asfixia», lo cual resulta llamativo ya que en la acusación el fiscal señala que fue brutalmente golpeado, sin embargo no expone en su alegato lesiones compatibles con golpes como podrían ser hematomas, fracturas o fisuras en las partes óseas. En cambio, la Dra. D’ addario indicó que los signos hallados en los pulmones son compatibles con la asfixia por sumersión, es decir ahogamiento, a pesar que no se hallaron diatomeas o algas en la médula, no porque no existieron sino porque la muestra era insuficiente para realizar el estudio. También señaló que, si no existiese el estudio de diatomeas, no habría dudas que Franco Casco murió ahogado. Pero esta teoría no hace más que intentar demostrar que fue arrojado al río sin vida, lo cual no se condice con las pruebas objetivas que aparecen en las autopsias y estudios complementarios.

Arrigo continuó con su relato de los hechos: «Con posterioridad, su cuerpo sin vida fue arrojado al río Paraná, en donde fue hallado por la Prefectura Naval Argentina, el 30 de octubre del 2014 cerca del mediodía, en el kilómetro 418 de la margen derecha del río. Luego de lo ocurrido el 6 de octubre a la noche y 7 a la madrugada los imputados fraguaron un sinnúmero de documentos públicos y libro, simularon consultas oficiales e hicieron un montaje con el cual pretendieron probar que Franco Casco había sido detenido y alojado en la comisaría el 7 de octubre del 2014 entre las 13 y las 22 horas, donde según ellos había sido liberado». Vale aclarar que luego de la detención, el 7 de octubre, los ahora imputados dieron aviso al fiscal Álvaro Campos, quien recientemente respondió una serie de preguntas de las partes (querella, fiscalía y defensas), donde convalidó absolutamente la totalidad del accionar descripto por los policías juzgados, al asegurar que no observó ninguna irregularidad en el procedimiento sobre la detención de Franco Casco.

Por otra parte, el fiscal recordó que «la detención de Franco Casco se originó en la denuncia del imputado Crespo, quien se comunicó con Álvarez y le habría dicho que dos personas andaban por la zona en actitud sospechosa intentando abrir las puertas de algunos domicilios. Los imputados obligados a informar por su condición de funcionarios públicos y conocidos de lo ocurrido, en particular Álvarez y Acosta negaron sistemáticamente a los familiares de Casco y a los organismos públicos que participaron en la investigación de los hechos que la víctima estuvo alojada en la comisaria séptima el día 6 de octubre a la noche y 7 a la madrugada. Así como las violaciones a las que fue sometido y que le provocaron la muerte. Solo aportaron información falsa para desviar la investigación, tampoco revelaron datos que permitieran dar con el paradero de Franco. Los familiares de la víctima, Ramón Casco, Elsa Godoy, Roque María Casco fueron en reiteradas ocasiones a la comisaría séptima a solicitar información y obtuvieron respuestas evasivas en información falsa. En concreto, con la participación de Álvarez, Gianola Rocha, Acosta, Gysel, Benítez, Silva, Hernández, Greiner y Guerrero labraron actuaciones policiales falsas en las que hicieron constar que el día 7 de octubre de   2014 alrededor de las 13 horas habían detenido a una persona que dijo llamarse Franco Godoy por resistencia a la autoridad, a quien habrían liberado cerca de las 22 horas de ese mismo día». Cabe señalar en este punto, que sería descabellado pensar primero que 19 policías planificaron, distribuyeron roles y se pusieron de acuerdo para asesinar a una persona a golpes, a la cual no conocían y luego arrojarla al río. Además, luego de ello y sin haberlo registrado en los libros, según la teoría fiscal, confeccionar «un sinnúmero de documentos públicos falsos» para «blanquear» que lo habían asesinado. Por otra parte, el mismo Ramón Casco, reconoció en una audiencia de este juicio que fueron los policías los que le informaron que Franco había estado demorado en la comisaría, luego de buscar en los libros y relacionar algunos datos, aunque el joven se había identificado con el apellido de la madre, Godoy y ellos lo buscaban como Casco.

Siempre siguiendo la teoría acusatoria, en relación a la documentación supuestamente adulteradas el fiscal dijo que «las fotografías y fichas dactilares incluidas pertenecen a Franco Casco, también la firma inserta en el acta de conocimiento de derechos con horario y fecha errada, habla de meses diferentes. Por otra parte, se fraguó el formulario de informe médico legal en el cual consta que María Elena Zelaya, médica había revisado a Franco Godoy el día 7 de octubre de 2014 en la comisaría séptima. Eso además de otras constancias e informes que dieron viso de legalidad a las actuaciones. Por otra parte, los inspectores Pablo Siscaro y Daniel Escobar, pertenecientes a Asuntos Internos, una vez consumado el delito, omitieron informar al fiscal a cargo de la investigación lo relatado por varios de los detenidos alojados en la comisaria en las entrevistas concertadas en ‘la cuadra’ donde los internos manifestaron haber escuchado los tormentos a los que fue sometido una noche en la dependencia de dicha comisaría un joven. No habiéndolos imputado o dado cuenta de todo ello en acta de procedimiento, que formalizó dichas entrevistas para encubrir a los agentes de la comisaría séptima. Además, se plasmó solo en forma genérica, sin individualizar los dichos de cada uno, lo que según cada uno de ellos manifestaron los internos». De acuerdo con la teoría del fiscal, los imputados fraguaron documentación para blanquear que habían asesinado a un joven, sin embargo, al mismo tiempo afirma que las fotos, fichas, y firma pertenecen al joven, pero un acta tiene una fecha errada en el mes. Al respecto, Álvarez relató en varias de sus ampliaciones de indagatoria que es común que existan ese tipo de errores en las actas, en el libro de guardia o cualquier otro documento que se realiza habitualmente en una comisaría. Del mismo modo, el mismo fiscal en esta audiencia confundió el lugar de hallazgo del joven Franco al decir que fue en el río de la Plata y eso no constituye ningún delito. Por otra parte, el personal de Asuntos Internos que intervino en la investigación cuando todavía era una búsqueda de paradero, fue juzgado por encubrimiento y sobreseído por inexistencia de delito. Solo quedaron vinculados a esta causa los agentes Síscaro y Escobar quienes realizaron las entrevistas a los internos.

Finalmente, el fiscal aseguró que «Alberto Daniel Crespo realizó declaraciones falsas en sucesivos actos ante diversas autoridades, en sede policial, en entrevistas en Asuntos Internos, ante el Ministerio Público de la Acusación y en la Fiscalía Federal», concluyó el Arrigo al hacer referencia a la responsabilidad de los acusados.

El alegato de Fiscalía continúa este jueves y se prolongará hasta el próximo lunes. Luego será el turno de las querellas y las defensas, en ese orden. El cronograma incluye el mes de mayo y se prevé que finalizarán el 9 de junio.