Los hospitales nacionales cobrarán la atención a extranjeros: la medida no afectará a la provincia de Santa Fe
La normativa fue oficializada este martes mediante una publicación en el Boletín Oficial y sólo aplicará a los hospitales que son administrados por el Gobierno nacional. Ninguno de estos efectores está ubicado en la provincia de Santa Fe.
- Nacional
- Ago 11, 2026
El gobierno de Javier Milei reglamentó este martes el Decreto de Necesidad y Urgencia 366/2025, mediante el cual se cambió la Ley de Migraciones y se determinó que los extranjeros no residentes en Argentina deberán pagar por atenderse en hospitales públicos nacionales. La normativa no tendrá impacto en la provincia de Santa Fe –ni en la ciudad de Rosario– dado que aquí los efectores de salud estatales son de gestión provincial o municipal.
El cobro a los extranjeros que se atiendan en hospitales nacionales fue oficializado a través de la Resolución 1066/2026, publicada en el Boletín Oficial y firmada por el ministro de Salud, Mario Lugones. Entre otras disposiciones, desde Casa Rosada estipularon que, al momento de acreditar la residencia permanente, uno de los requisitos es la presentación del DNI para constatar esa condición.
En el caso de extravío o renovación en trámite del documento, se admitirá temporalmente la Constancia de Residencia Permanente en Trámite emitida digitalmente por la Dirección Nacional de Migraciones (DNM) a través del sistema Radex.
“Las personas extranjeras que residan en el país continuarán recibiendo la misma atención que los ciudadanos argentinos mientras que los no residentes tendrán que abonar previamente a los hospitales nacionales las prestaciones que no sean de urgencia o deberán presentar un seguro de salud válido. La asistencia en casos de emergencia continuará garantizada para todas las personas, cualquiera sea su situación migratoria”, explicaron desde Nación.
Cuando el paciente cuente con un seguro de salud, el establecimiento deberá conformar el legajo correspondiente, notificar a la aseguradora dentro de las veinticuatro horas y emitir la factura electrónica para el recupero de los costos. En los casos en que los pacientes no dispongan de dicha cobertura, el hospital deberá elaborar un presupuesto y percibir el pago de la prestación antes de su realización.
Los hospitales nacionales cobrarán la atención a extranjeros: la medida no afectará a la provincia de Santa… by Conclusión TV
La norma determina también que la atención de emergencia no podrá ser negada ni demorada por la realización de trámites administrativos. El profesional de salud responsable será el único competente para clasificar si la atención es de emergencia o habitual. Asimismo, detalla que si la atención comenzó por una situación de emergencia, los gastos generados una vez superada esa instancia deberán ser consolidados por la institución y facturados al paciente conforme al procedimiento previsto por la norma.
“En casos de emergencia, no podrá negársele ni restringírsele el acceso a la asistencia social o a la atención sanitaria a todos los extranjeros que lo requieran, cualquiera sea su situación migratoria”, añadió la Resolución, que aclaró que queda exceptuada del arancel “toda prestación sanitaria destinada a la evaluación, diagnóstico, estabilización y tratamiento inmediato de una condición clínica que implique riesgo cierto e inminente para la vida, para un órgano o una función, o que requiera una intervención urgente para evitar un daño grave o irreversible en la salud de la persona”.
Entre las emergencias que se eximirán de la medida, se encuentran:
• Paro cardiorrespiratorio o insuficiencia respiratoria aguda grave que requiera maniobras avanzadas de reanimación o asistencia ventilatoria.
• Obstrucción aguda de la vía aérea o compromiso respiratorio severo de cualquier etiología.
• Shock en cualquiera de sus formas (hipovolémico, cardiogénico, séptico, distributivo, obstructivo o anafiláctico).
• Síndrome coronario agudo, infarto agudo de miocardio y demás emergencias cardiovasculares con compromiso hemodinámico.
• Accidente cerebrovascular isquémico o hemorrágico y otras emergencias neurológicas tiempo-dependientes susceptibles de tratamiento específico.
• Estado epiléptico o convulsiones persistentes con compromiso del estado de conciencia.
• Traumatismos graves, politraumatismos, traumatismo craneoencefálico severo, lesiones medulares o cualquier otra lesión traumática con riesgo vital.
• Hemorragias masivas o activas con compromiso hemodinámico o riesgo de shock.
• Quemaduras extensas, profundas, eléctricas, químicas o asociadas a compromiso de la vía aérea.
• Sepsis, shock séptico u otras infecciones graves con compromiso sistémico.
• Intoxicaciones agudas, envenenamientos o sobredosis con compromiso de funciones vitales.
• Abdomen agudo quirúrgico, ruptura de aneurisma u otras patologías quirúrgicas con riesgo inmediato para la vida.
• Emergencias obstétricas, incluyendo parto inminente, hemorragia obstétrica, embarazo ectópico complicado, eclampsia, preeclampsia grave, desprendimiento prematuro de placenta y cualquier otra situación que comprometa la vida de la gestante o del feto.
• Emergencias pediátricas o neonatales con compromiso respiratorio, circulatorio o neurológico.
• Cualquier otra condición clínica que, conforme al criterio fundado del profesional médico responsable y a los protocolos asistenciales vigentes, implique un riesgo inminente para la vida o para la conservación de una función orgánica vital.
Proponen que la medida se replique en Santa Fe
La diputada provincial y presidenta del Partido Libertario de Santa Fe, Silvia Malfesi, presentó un proyecto en la Legislatura para que la provincia replique la norma nacional y cobre un arancel a los extranjeros que requieran atención médica no urgente en los hospitales públicos.
En diálogo con Radio 2, la legisladora apuntó que los hospitales públicos de la provincia ya disponen de mecanismos de facturación, como los que se usan cuando se tratan a pacientes que tienen obra social.
Asimismo, Malfesi admitió que su proyecto contempla la atención gratuita para aquellos extranjeros provenientes de países con los que Argentina tiene “reciprocidad”, como por ejemplo, Chile.
La decisión de Casa Rosada, de momento, sólo aplica en los hospitales nacionales que tiene el país, los cuales son administrados por Casa Rosada y ninguno de ellos se encuentra en la provincia de Santa Fe.
En Rosario funcionan cinco hospitales de administración municipal –el Hospital de Emergencias Clemente Álvarez (Heca), el Hospital de Niños Víctor J. Vilela, el Hospital Roque Sáenz Peña, el Hospital Alberdi y el Carrasco– y cuatro de gestión provincial –el Hospital de Niños Zona Norte, el Centenario, el Provincial y el Hospital Geriátrico provincial–. De momento, ningunos de estos establecimientos ni de los centros de salud que trabajan en los barrios evalúa cobrarle a extranjeros no residentes.

