Por Marcelo Chibotta

El escándalo internacional surgido a partir de la denuncia realizada por periodistas de investigación de distintos países y publicada en el diario alemán Süddeutsche Zeitung ofrecerá por estos días mucha tela para cortar. Por ello, Conclusión dialogó con la tributarista rosarina Susana Rizzo para que explique los alcances legales sobre la constitución de una empresa situada en uno de los denominados paraísos fiscales.

Ante la pregunta sobre cuáles son las razones habituales por las que se fundan estas empresas en tales lugares, Rizzo explicó que “lo más común es para ocultar activos, ya que los paraísos fiscales ofrecen la posibilidad de que en general allí se paga muy poco o nada del impuesto a las ganancias, o lo más importante es que no brinda ni contesta información cuando un fisco les pregunta acerca de las actividades de sus residentes”.

Luego de explicar que “los paraísos fiscales se redujeron mucho en cantidad, debido a que la DGI ha firmado convenios de intercambios de información con países que lo eran, como Panamá”, la tributarista explicó: “En general allí funcionan unos regímenes legales de sociedades que no son nominales, es decir, sociedades en las cuales los accionistas están escondidos”.

“Si el fisco argentino encuentra una propiedad y se pregunta de quién es, y como respuesta obtiene que es de una sociedad situada en un paraíso fiscal, nunca se podrá saber quién es el dueño de esa sociedad”, señaló Rizzo.Susana Rizzo 1

Seguidamente, la profesora de la Universidad del Bío Bío de Chile, agregó que “es obligación declarar la sociedad en el régimen legal argentino para decir ‘esta sociedad es mía’ ya que si así no fuere es porque se está ocultando algo”.

En cuanto a las características de la empresa que compone el presidente Mauricio Macri, la profesional contable describió que “lo usual era y sigue siendo que los abogados se constituyan en directores de las empresas, por lo que no creo que sus asesores puedan ser tan tontos como para que Macri sea el director y oculte la información a la Argentina, ya que cuando alguien se constituye en un paraíso fiscal para hacer una maniobra dolosa contra el fisco argentino, no se pone como director”.

“Es algo raro, todavía no tuve oportunidad de informarme muy bien de los detalles pero entiendo que no es un ocultamiento porque él se blanqueó, pudo haberla hecho por motivos hereditarios, familiares, no siempre es para ocultar patrimonio”, añadió.

En cuanto a las sanciones que les caben a quienes no declaran en el país la constitución de tales empresas, la tributarista aclaró que “si alguien tiene una sociedad que es dueña de bienes en la Argentina o en otro país, obviamente caerá en todas las penalidades de la ley argentina. La norma 11.683 que es denominada de ‘procedimiento tributario’ establece multas e incluso, si las cifras sobrepasan ciertos importes que se omitieron declarar, lo que cabe es la ley penal tributaria que no solamente incluye multas, sino también prisión, todo dependerá del monto”.

Al respecto de la empresa del presidente Macri, finalmente Rizzo dijo: “No leí si está omitida, pero si así fuera, le corresponderán dichas penas, es decir las multas y depende del monto, la penalidad prevista por la ley penal tributaria”.