Un gobernador recurrirá a la Justicia para frenar las modificaciones a la Ley de Tierras
Según el Gobierno de Misiones, el fallo de la Corte dejó a la provincia en situación de “desprotección y vulnerabilidad” y el DNU 70/23 “lesiona la integridad territorial”.
- Nacional
- Oct 5, 2026
El gobernador de Misiones, Hugo Passalacqua, instruyó al fiscal de Estado provincial a iniciar acciones judiciales para resguardar los derechos e intereses de la provincia frente a la eliminación de las restricciones nacionales para la adquisición de tierras rurales por parte de empresas y personas extranjeras.
Según el Gobierno de Misiones, el fallo de la Corte dejó a la provincia en situación de “desprotección y vulnerabilidad” y el DNU 70/23 “lesiona la integridad territorial”.
“No podemos permitir que nuestro suelo quede desprotegido”, sostuvo Passalacqua al dictar la medida, que tiene como efecto práctico que la Fiscalía de Estado se opondrá cuando exista una venta de tierra en zona misionera.
De esta forma, Misiones es la primera provincia que decide tomar una medida directa con el objetivo de evitar las consecuencias de la derogación de la Ley de Tierras que establece límites a la adquisición por parte de extranjeros.
En síntesis, Passalacqua consideró que el reciente fallo de la Corte Suprema de Justicia en la causa “Cecim c. el Gobierno Nacional” puso «en inmediata vigencia el artículo 154 del DNU N° 70/2023».
“Esto deja a la provincia en una situación de absoluta desprotección legal y vulnerabilidad institucional ante la libre adquisición del territorio por parte de personas extranjeras”, planteó el Gobierno misionero.
“No podemos permitir que nuestro suelo quede desprotegido. Cuidar la tierra misionera es un deber irrenunciable con nuestra soberanía y con nuestra gente”, acentuó el mandatario.
Cabe recordar que dicha provincia tiene el 90% de frontera internacional con Brasil y Paraguay, a la vez que cuenta con una biodiversidad única en el país.
Ahora, el decreto 1935 ordenó al fiscal de Estado Eduardo Duarte “ejercitar, en las oportunidades y por las vías que resulten técnicamente más oportunas, las acciones y defensas que pudieran corresponder para hacer valer y defender los derechos e intereses del Estado Provincial que pudiesen encontrarse afectados o vulnerados por la derogación de la Ley 26.737 efectuada por el artículo 154 del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 70/2023”.
La cautelar de la oposición
Los diputados nacionales Miguel Ángel Pichetto y Nicolás Massot presentaron una medida cautelar para solicitar la suspensión de los efectos del artículo 154 del DNU 70/2023, que derogó la Ley de Tierras.
La presentación se realizó luego del fallo de la Corte Suprema del 29 de septiembre, que revocó la sentencia de la Cámara Federal de La Plata y rechazó la demanda promovida por el CECIM por falta de legitimación. El máximo tribunal aclaró expresamente que no se pronunció sobre la validez constitucional del artículo 154 ni sobre la intervención que corresponde al Congreso.
“La cautelar busca evitar que las operaciones que puedan realizarse durante este período se consoliden luego como derechos adquiridos. El planteo advierte que, aun si el Congreso rechazara el DNU o si se restablecieran por ley las restricciones, las adquisiciones perfeccionadas durante su vigencia podrían quedar a salvo”, explicaron los diputados nacionales.
Pichetto y Massot sostienen además que la derogación de la Ley de Tierras por decreto no reunió las circunstancias excepcionales que exige la Constitución Nacional para el dictado de un DNU.
Entre los fundamentos señalan que el Congreso se encontraba en condiciones de funcionar, que el propio Poder Ejecutivo remitió el decreto al Poder Legislativo apenas seis días después de dictarlo y que el Senado lo rechazó en marzo de 2024.
El escrito plantea también que la tierra rural y los cuerpos de agua constituyen recursos naturales estratégicos, escasos y no renovables, y que el régimen para su disposición debe ser establecido por el Congreso de la Nación.
Ante la urgencia del caso, Pichetto y Massot pidieron además una medida interina de aplicación inmediata mientras se cumple el trámite previo que debe sustanciarse antes de resolver la cautelar.

