La Corte Suprema de Justicia resolvió este martes que un trabajador que perdió un juicio laboral deberá pagar todos los gastos por honorarios profesionales que haya ocasionado ese proceso.

Así lo dispuso el máximo tribunal en un fallo firmado por los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda y Carlos Rosenkrantz, en una causa abierta a raíz de una denuncia de accidente laboral.

La demanda había sido promovida por Enrique López contra Horizonte Compañía Argentina de Seguros Generales S.A a raíz de un accidente laboral que le habría producido una invalidez parcial, que no pudo constatarse.

En relación a este tema, el presidente de la Asociación de Abogados Laboralistas de Rosario, Jorge Elizondo, le manifestó a Conclusión que “esto forma parte de una nueva corriente reaccionaria que se está apoderando  de parte del Poder Judicial y tiende a desalentar la promoción de los juicios por parte de trabajadores, cuando realmente existen motivos para iniciar juicio”.

A continuación, el profesional aclaró que el fallo “no fija Doctrina”. Y agregó: “Eso sucede cuando se declaran cuestiones de fondo. Quiero desdramatizar la situación. Que la Corte decida esto no significa que todos los jueces van a resolver de la misma manera el fallo.  No implica la interpretación general de una norma”, expresó.

“Cuando el trabajador pierde el juicio, pero hay razones para litigar, cada uno se hace cargo de lo que generó, pero no de todas las costas”, explicó Elizondo, quien puso de relieve que “muchas veces los empleados no tienen otra alternativa. A ningún trabajador le gusta ingresar en este proceso, lo que pasa que hay incumplimientos de patronales y ART que justifican el litigio”.

Asimismo, recordó que “el 25 de noviembre de 2015 la Corte Suprema de la Nación en un fallo escandaloso  anuló el Registro Nacional de Trabajadores y Empleadores Agrarios (Renatea) creado en el 2012, que llevaba adelante la tarea de fiscalización del empleo en el sector rural, y devolvió esas funciones a la Unión Argentina de Trabajadores Rurales y Estibadores (Uatre) el sindicato conducido en aquel momento por “Momo” Venegas. Ese fallo inauguró el ciclo de retroceso en materia de jurisprudencia laboral que hoy se profundiza”.

 

El abogado, indicó que los motivos por los que se falla contra el trabajador van “de falta de pruebas hasta carencia de testigos. Está claro que ningún empelado quiere declarar en contra de su empleador”. “Si existió el motivo hay que preguntarse porque el Tribunal lo castiga de esa manera”, añadió.

La vivienda, un bien inejecutable

Para finalizar, hizo hincapié en que “el artículo 20 de la ley contrato de trabajo determina que la vivienda del trabajador no puede ser afectada a causa de los juicios laborales. La vivienda es inejecutable en este tipo de casos”, concluyó.