La Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES) abona a partir de este lunes 9 de octubre, y hasta el jueves 12 –según la finalización del DNI– la primera de las dos cuotas de $47.000 a los trabajadores informales que accedieron al beneficio.

Mientras tanto, la inscripción al programa estará abierta hasta el 31 de octubre: aquellos trabajadores informales que aún no se hayan anotado, podrán hacerlo todos los días de 14 a 24, en www.anses.gob.ar o la aplicación mi ANSES.

Las condiciones para acceder a este refuerzo son: ser trabajadores y trabajadoras informales de entre 18 y 64 años, no contar con ingresos registrados ni ser titular de ningún tipo de asistencia económica del Estado, como la Asignación Universal por Hija e Hijo (AUH), las becas Progresar o el Potenciar Trabajo. Tampoco deberán haber sido alcanzado con otras medidas anunciadas, y tendrán que contar con la Clave de la Seguridad Social y una cuenta bancaria.

Además, ANSES realiza una evaluación socioeconómica y patrimonial (consumo, bienes, cobertura de salud, etc.) de los solicitantes.

Hasta el momento, dos millones de personas ya accedieron al Refuerzo para trabajadores informales.

Cronograma de pagos

DNI terminado en 0, 1 y 2: cobrarán el lunes 9 de octubre.

DNI terminado en 3, 4 y 5: cobrarán el martes 10 de octubre.

DNI terminado en 6 y 7: cobrarán el miércoles 11 de octubre.

DNI terminado en 8 y 9: cobran el jueves 12 de octubre.

¿Quiénes no podrán cobrar el bono?

A través de la Resolución 202/2023, publicada en el Boletín Oficial, la ANSES detalló los requisitos que deben reunir las personas solicitantes para acceder a ese bono, que consiste en dos pagos mensuales de $47.000 cada uno, a realizarse en octubre y noviembre.

La persona tendrá que ser argentina o nativa, por opción o naturalizada, o extranjera (con fecha de residencia no inferior a dos años) debiendo habitar en el territorio argentino durante todo el período en el que cobrará el refuerzo.

Los jóvenes de entre 18 y 24 años de edad inclusive pueden acceder al cobro del refuerzo para trabajadores informales, cuando, además de cumplir con los requisitos, su grupo familiar no registre ingresos superiores a tres salarios mínimos.

Se entiende por grupo familiar de titulares de entre 18 y 24 años de edad inclusive, compuesto por el/los padre/s y/o la/s madre/s de la persona solicitante, cuando esta última no tuviera cónyuge o conviviente, ni hijas/os, ni adopciones, ni personas a cargo, ni guardas, ni curatela, ni tenencias, ni tutelas.

A los efectos de realizar el control de ingresos del grupo familiar, se considerará el criterio que se utiliza para la liquidación de las asignaciones familiares.

Se considerará la situación patrimonial de los padres y/o madres o de las personas de entre 18 y 24 años de edad inclusive, de acuerdo a lo informado por AFIP y la Comisión Nacional de Valores, en lo referente a la tenencia de plazos fijos, tenencia y operaciones como comprador y/o vendedor de bonos, acciones, compra de moneda extranjera, embarcaciones y declaración de bienes personales como automotores, inmuebles, aeronaves, embarcaciones.

La ANSES también dispuso que quienes están excluidos del bono son aquellos que:

• Hayan realizado gastos y/o consumos con tarjetas de crédito por un importe mayor o igual a $120.000 entre junio y/o julio de este año.

• Hayan realizado gastos y/o consumos con tarjetas de débito y/o billeteras virtuales por un monto mayor o igual a $90.000 en los junio y/o julio de este año.

• Hayan efectuado una manifestación patrimonial en las declaraciones juradas del Impuesto sobre los Bienes Personales y/o tenencia de bienes informados por la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad Automotor y de Créditos Prendarios y/o la tenencia de bienes informados por la Administración Nacional de Aviación Civil y/o la tenencia de embarcaciones.

• Sean titulares de automotor con menos de diez años de antigüedad.

• Sean titulares de aeronave o de una embarcación.

• Sean titulares o posean Plazos Fijos en junio y julio del corriente año.

• Sean titulares o posean Bonos y Acciones en febrero a julio de 2023.

• Hayan operado como compradores y/o vendedores de Bonos y Acciones en el exterior y/o mercado argentino en los últimos seis meses.

• Hayan realizado compra de moneda extranjera a través de cualquiera de los canales vigentes desde febrero de este año.

• Posean ingresos y/o acreditaciones bancarias y/o en billeteras virtuales mayor o igual a $90.000 en los meses de junio y julio.

• Sean titulares de bienes inmuebles, salvo que el mismo esté registrado en el Registro Nacional de Barrios Populares (RENABAP).

• No podrán acceder al refuerzo aquellas personas que tengan cobertura de salud a través de la medicina prepaga.

Por otra parte, el refuerzo para informales se abonará a través de una transferencia bancaria en la cuenta de la persona solicitante quien deberá informar la Clave Única Bancaria (CBU).

El resultado de las evaluaciones realizadas y la determinación del derecho a percibir el refuerzo, estará disponible en el sitio Mi ANSeS, dentro del Aplicativo Digital “Refuerzo para Trabajadores Informales”.

El organismo aclaró también que el bono no será susceptible de descuento alguno, ni computable para ningún otro concepto.