Dos hermanos, una mujer y un varón, que habían sido apropiados por sendos matrimonios durante la última dictadura cívico militar se conocieron luego de 46 años gracias a una investigación del juzgado federal 1 de La Plata, a cargo del doctor Alejo Ramos Padilla, donde se produjo el reencuentro, según lo anunciaron este jueves fuentes judiciales.

En ese contexto, el magistrado dictó tres procesamientos de los involucrados, al acusarlos de retención y ocultamiento de un menor de diez años, alteración del estado civil y falsedad ideológica de documento público.

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La investigación se inició el 4 de agosto de 2016 a partir de una presentación de la unidad especializada para casos de apropiación de niños durante el terrorismo de Estado.

Estudio de ADN

Desde el juzgado se citó a audiencia a una de las víctimas y se le pidió el consentimiento para realizar un estudio de ADN para entrecruzar sus datos con los del Archivo Nacional de Datos Genéticos.

El examen dio negativo con las familias que hasta aquel momento habían dejado sus datos genéticos en el Banco Nacional de Datos Genéticos (BNDG) y la causa se cerró provisoriamente.

Sin embargo, el 30 de enero de este año, un nuevo informe del BNDG dio cuenta de que otra persona había concurrido voluntariamente a la Comisión Nacional por el Derecho a la Identidad (Conadi) porque dudaba de su identidad y resultó ser su hermano, de la misma madre y el mismo padre.

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Ambas personas fueron citadas a la sede del Tribunal para el mismo día en distintos horarios. Tras comunicarles por separado el resultado del informe, se les ofreció reunirse.

El reencuentro

Ambos estuvieron de acuerdo, por lo que en ese mismo momento se conocieron y conversaron privadamente en una sala del juzgado. Los matrimonios que los habían inscriptos como hijos biológicos nunca les revelaron su verdadera identidad.

El juez explicó en la resolución que «falsear la verdad del origen y la identidad de los niños nacidos en otra familia, sólo puede derivar de una primitiva concepción del niño-propiedad, en la que priman los prejuicios sociales y familiares».

Agregó que “de este modo, son los comportamientos y los deseos de los mayores los que motivan a inscribir y sostener en el tiempo una realidad biológica falsa, que afecta a los niños -ahora adultos- a los que debe garantizárseles la posibilidad de conocer su origen y su identidad».

Al rubricar el fallo, el magistrado concluyó que la obligación del Estado es determinar las responsabilidades de este caso, y «propiciar las condiciones para que aquellos que fueron víctimas de estos hechos puedan conocer su historia y superar el proceso de ocultamiento al que fueron sometidos».