MIéRCOLES, 30 DE SEPT.

La Justicia volvió a intimar al Gobierno a cumplir la Ley de Financiamiento Universitario

El juez Martín Cormick le dio cinco días al Estado nacional para acatar la medida cautelar que ordena actualizar los salarios de docentes y no docentes y recomponer las becas estudiantiles. Advirtió que, de persistir el incumplimiento, aplicará multas diarias.

La Justicia volvió a intimar este miércoles al Gobierno nacional para que cumpla con la medida cautelar que ordena aplicar dos aspectos de la Ley de Financiamiento Universitario, la actualización de los salarios de docentes y no docentes de las universidades públicas y la recomposición de los programas de becas estudiantiles. El juez federal en lo Contencioso Administrativo Martín Cormick otorgó un nuevo plazo de cinco días y advirtió que si el Estado no acata la resolución, podrá imponer multas diarias astreintes por el incumplimiento.

La nueva resolución fue dictada en respuesta a un pedido de revocatoria presentado por el Gobierno contra la intimación del pasado 22 de septiembre. Al ampliar los fundamentos de su decisión, Cormick ratificó que la medida cautelar se encuentra firme y volvió a exigir su cumplimiento.

“Intímese nuevamente al Estado Nacional (PEN) para que en el término de cinco (5) días cumpla con la medida cautelar, bajo apercibimiento de astreintes”, señala la resolución. El término “nuevamente” refiere a la intimación realizada el 22 de septiembre, cuando el magistrado ya había establecido un plazo para que la administración nacional acatara la orden judicial.

En su resolución, Cormick recordó además que la medida cautelar que había dictado en diciembre quedó firme luego de que la Corte Suprema rechazara, el 25 de junio, el último recurso presentado por el Gobierno. Desde entonces, el juez realizó distintas actuaciones para exigir su cumplimiento.

Uno de los puntos centrales del nuevo pronunciamiento es el análisis de la actualización de los salarios universitarios prevista en el artículo 5° de la Ley 27.795. El magistrado reconoció que el Estado acreditó algunos avances, entre ellos la convocatoria a negociaciones paritarias y la efectivización de órdenes de pago.

Sin embargo, consideró que esas medidas no alcanzan para demostrar el cumplimiento de la cautelar. Según sostuvo, no quedó acreditado que el cálculo de los aumentos y las actualizaciones salariales de docentes y no docentes se haya realizado de acuerdo con las variables de ajuste establecidas por la ley.

En particular, el juez tomó como referencia la evolución de los precios desde el 1° de diciembre de 2023 hasta junio de 2026. De acuerdo con el Índice de Precios al Consumidor (IPC) del INDEC citado en la resolución, la inflación acumulada durante ese período fue del 312,19%.

A partir de ese dato, Cormick concluyó que de las respuestas presentadas por el Estado no surge que los salarios universitarios hayan alcanzado una actualización equivalente. Frente al argumento oficial de que la cautelar estaba siendo cumplida mediante el acuerdo paritario de junio que estableció un aumento del 21,3% y otro 3% previsto para octubre, el magistrado consideró que se trata de un cumplimiento parcial.

El juez también cuestionó que los representantes del Gobierno volvieran a plantear argumentos que, según indicó, ya habían sido analizados y rechazados en el expediente.

La decisión fue valorada por el presidente del Consejo Interuniversitario Nacional (CIN), Franco Bartolacci, quien la calificó como “contundente y fundamentada”. El organismo que reúne a las universidades nacionales había promovido la demanda contra el Estado por el incumplimiento de la Ley de Financiamiento Universitario.

El nuevo capítulo judicial se produce, además, en medio de un paro de 72 horas convocado por los gremios docentes universitarios, que comenzó este miércoles en las universidades nacionales de todo el país. El conflicto salarial se mantiene así en paralelo a la disputa judicial por la aplicación de la ley.

La cautelar había sido dictada en diciembre, ratificada posteriormente por la Cámara de Apelaciones y considerada de aplicación inmediata por involucrar derechos de carácter alimentario, como salarios y becas. Tras el fallo de la Corte Suprema del 25 de junio, que rechazó el recurso del Gobierno, la medida quedó firme.

Ahora, el Poder Ejecutivo cuenta con otros cinco días para acreditar su cumplimiento. En caso contrario, el juez dejó expresamente abierta la posibilidad de aplicar astreintes, es decir, sanciones económicas por cada día de incumplimiento.

En ese sentido, queda pendiente la resolución sobre la cuestión de fondo planteada por el CIN, la validez y aplicación integral de la Ley de Financiamiento Universitario frente al decreto mediante el cual el Gobierno la promulgó, pero objetó su aplicación por considerar que la norma no especificaba las fuentes de financiamiento.

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