Nuevo revés: la Corte Suprema rechazó otro planteo de los rugbiers condenados por el crimen de Fernando Báez Sosa
El máximo tribunal desestimó un recurso presentado por siete de los ocho condenados, quienes denunciaron presuntas irregularidades en las primeras indagatorias realizadas tras el homicidio en Villa Gesell. Los jueces consideraron que la presentación carecía de fundamentación suficiente.
- Judiciales
- Oct 14, 2026
La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó un nuevo planteo presentado por siete de los ocho rugbiers condenados por el crimen de Fernando Báez Sosa, ocurrido en enero de 2020 en Villa Gesell. Los acusados habían denunciado presuntas irregularidades durante las primeras horas de la investigación y promovido una causa penal contra la fiscal Verónica Zamboni y otros funcionarios judiciales. El máximo tribunal desestimó el recurso por considerar que no contaba con una fundamentación autónoma y que no refutaba adecuadamente los argumentos de la resolución cuestionada.
La presentación había sido impulsada por el abogado Hugo Tomei, cuando representaba a Matías Benicelli, Enzo Comelli, Ayrton Viollaz, Máximo Thomsen, Blas Cinalli, Ciro Pertossi y Lucas Pertossi.
Los siete sostuvieron que, durante las indagatorias realizadas pocas horas después del asesinato, no se les habían informado correctamente los hechos que se les imputaban ni las pruebas reunidas en su contra. También cuestionaron las circunstancias en las que se confeccionaron y firmaron las actas de esas declaraciones, y señalaron supuestas inconsistencias en los horarios registrados.
Aunque estos argumentos ya habían sido expuestos como parte de la estrategia defensiva en la causa por el homicidio, el abogado promovió además una denuncia penal independiente por presunta falsedad ideológica de instrumento público, incumplimiento de los deberes de funcionario público y privación ilegítima de la libertad.
Entre los denunciados se encontraban la fiscal Verónica Zamboni, la defensora oficial Verónica Olindi Huespi, funcionarios del Ministerio Público Fiscal y el juez de Garantías David Mancinelli, quien había dictado la prisión preventiva de los imputados.
La denuncia fue desestimada por ausencia de dolo. Además, se rechazó el pedido para tomar declaración testimonial a los condenados en calidad de víctimas y realizar otras medidas de prueba solicitadas por su defensa.
Ante esa decisión, Tomei pidió una revisión por parte del superior del fiscal, de acuerdo con el procedimiento previsto en el artículo 290 del Código Procesal Penal bonaerense. Sin embargo, la resolución fue ratificada.
Posteriormente, el abogado recusó al juez Mancinelli y solicitó que se declarara la inconstitucionalidad del mecanismo de revisión, al considerar que restringía el derecho de sus representados a ser escuchados por un juez imparcial. Ambos planteos fueron rechazados, una decisión que también confirmó el Tribunal de Casación Penal bonaerense.
El expediente llegó luego a la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires, que en agosto de 2025 rechazó un recurso de queja y en abril de 2026 denegó el recurso extraordinario que buscaba llevar la discusión ante la Corte nacional.
Finalmente, los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti desestimaron el planteo. La resolución señaló que el recurso no refutaba de manera adecuada todos los fundamentos de la decisión apelada.

Fernando Báez Sosa fue asesinado durante la madrugada del 18 de enero de 2020, a la salida del boliche Le Brique, en Villa Gesell.
En febrero de 2023, el Tribunal Oral en lo Criminal N.º 1 de Dolores condenó a prisión perpetua a Máximo Thomsen, Ciro Pertossi, Enzo Comelli, Matías Benicelli y Luciano Pertossi. En tanto, Ayrton Viollaz, Blas Cinalli y Lucas Pertossi recibieron penas de 15 años de prisión como partícipes secundarios.
En marzo de 2024, la Sala II del Tribunal de Casación Penal bonaerense confirmó las condenas, aunque modificó la calificación legal y descartó la alevosía. Esa resolución fue apelada y su revisión continúa pendiente ante la Suprema Corte provincial.
El nuevo rechazo de la Corte nacional corresponde a la causa iniciada por las presuntas irregularidades en las primeras actuaciones judiciales y no implica una revisión de las condenas por el homicidio de Fernando Báez Sosa.

