El diputado nacional por Unión por la Patria, Eduardo Valdés, presentó un proyecto de ley para que todas las escuelas del país cuenten con una Tarifa Diferencial de gas, energía eléctrica y Agua que de aprobarse no podrá ser mayor al 50 % de la tarifa total, independientemente de si son de gestión pública o privada. Además, la iniciativa prohibe los cortes en los establecimientos educativos por falta de pago.

«Los aumentos que implementó el gobierno vulneran muchos derechos, entre ellos y fundamentalmente el derecho a la educación. Buscamos generar un alivio a un sector fundamental para la vida de nuestra sociedad. Estos aumentos repercuten directamente en el valor de la cuota que deben afrontar las familias o bien en el cierre de numerosos establecimientos», manifestó Valdés.

La iniciativa, que hasta el momento cuenta con el apoyo de más de veinte diputados y diputadas, establece que se generará un crédito a favor de los beneficiarios si durante el periodo que va desde el 1° de abril de 2024 hasta la efectiva implementación de la tarifa diferencial hubieran abonado por los servicios un monto mayor del 50 % de la tarifa. «Es obligación del Estado argentino garantizar el acceso de todos los niños, niñas y adolescentes a la matricula y la continuidad de las actividades de las instituciones educativas, públicas y privadas», indicó el autor del proyecto.

En los fundamentos del proyecto, el diputado Valdés señala: «el derecho a enseñar y aprender se encuentra consagrado en el artículo 14 de la Constitución Nacional, y que para respetar y garantizar ese derecho el Congreso Nacional aprobó la Ley Nº 26.206, cuyo artículo 3 expresa: ´La educación es una prioridad nacional y se constituye en política de Estado para construir una sociedad justa, reafirmar la soberanía e identidad nacional, profundizar el ejercicio de la ciudadanía democrática, respetar los derechos humanos y libertades fundamentales y fortalecer el desarrollo económico-social de la Nación´».

En tanto, el artículo 3 del proyecto determina la prohibición de cierre de establecimientos en caso de falta de pago de la siguiente manera: «Prohíbase la suspensión, corte y/o disminución del suministro eléctrico y de gas a los establecimientos beneficiarios de la Tarifa Diferencial por falta o demora en el pago de hasta 5 meses de servicios. En el caso de mora por el plazo previsto, la prestataria del servicio deberá ofrecer un plan de pago en cuotas, las cuales podrán actualizarse hasta el límite de la inflación informada por el INDEC para los meses respectivos».